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Nuevo borrador de la Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales

Tras su aprobación en el Consejo de Ministros, ya hay un nuevo texto del Anteproyecto de Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales

Ione Belarra, ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030.
Ione Belarra, ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Nuevo borrador de la Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales

Tras su aprobación en el Consejo de Ministros, ya hay un nuevo texto del Anteproyecto de Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales

Francisco Ramón López - 23-02-2022 - 15:08 H - min.

El pasado viernes, el Consejo de Ministros daba el visto bueno a la tramitación del Anteproyecto de la Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales. Ahora, Animal’s Health ha tenido acceso al nuevo borrador con los cambios fruto de las negociaciones en el seno del Gobierno desde la primera presentación en octubre.

Fuentes del Gobierno trasladaron a este medio que no había grandes cambios en el texto que llegó al Consejo de Ministros y que mantenía todos los puntos clave. Además, aseguraron que se incluía a los perros de trabajo y de caza, un punto que había generado discrepancias con el Ministerio de Agricultura durante las negociaciones.

Consultando el nuevo Anteproyecto, parece ser que se ha optado por un punto intermedio: los perros de caza y pastores están incluidos, pero cuentan con un apartado propio. Así, se incluye una sección relacionada con los animales utilizados en actividades que se desarrollan en el medio rural, “estableciendo  las  necesidades  especiales  para  estos  animales,  que  realizan  diferentes actividades y requieren de una regulación explícita”.

En todo caso, el anteproyecto sigue manteniendo que perros, gatos y hurones, “independientemente del fin a que se destinen o el lugar en el que habiten o del que procedan, serán considerados animales de compañía”.

Aún con esto, en su sección propia, a los animales que desarrollan actividades en el medio rural, se les excluye de algunas obligaciones, como que superen las validaciones de comportamiento que reglamentariamente se establezcan, o que tengan que obtener certificados veterinarios para poder desempeñar su trabajo.

Además, en el caso de los perros de caza se les excluye de superar la formación en tenencia responsable reglamentada. No obstante, sigue siendo obligatorio registrar a los animales e inscribirse en el Registro de Criadores si se quiere criar con perros de caza o de pastoreo.

Otro cambio interesante es que ahora se deja claro desde el arranque de la Ley qué animales no están incluidos en esta legislación, más allá de los que se utilizaban en espectáculos taurinos, como ocurría en el primer borrador. De esta forma, excluyen explícitamente también a los animales de producción, de experimentación y silvestres, salvo que se encuentren en cautividad. Además, exponen que toda la regulación de la norma debe ser “sin perjuicio de la sanidad animal que se regirá por la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal y por las normas de la Unión Europea”.

Por otro lado, hay otros cambios relativos a la cría en cautividad de animales silvestres, que ahora podrá contar con excepciones o la regulación del uso de equinos en actividades profesionales, que ahora no está en esta ley, sino como una modificación de la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.

En definitiva, se mantiene el núcleo duro de las medidas para animales de compañía, como la prohibición de la venta de animales en tiendas, la cría de particulares o la esterilización obligatoria en una serie de supuestos, pero se matizan algunas en perros de caza y de pastoreo.

ACCEDE AL BORRADOR DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE PROTECCIÓN Y DERECHOS DE LOS ANIMALES

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