SÁBADO, 27 de abril 2024

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POLÍTICA

Murcia deja fuera de sus ayudas de 1 millón de euros a los veterinarios

El Ayuntamiento de Murcia ha excluido a los centros o clínicas veterinarias de las ayudas por un millón de euros que destinará a reactivar su actividad económica tras la crisis sanitaria del coronavirus

José Francisco Ballesta, Alcalde de Murcia.
José Francisco Ballesta, Alcalde de Murcia.

Murcia deja fuera de sus ayudas de 1 millón de euros a los veterinarios

El Ayuntamiento de Murcia ha excluido a los centros o clínicas veterinarias de las ayudas por un millón de euros que destinará a reactivar su actividad económica tras la crisis sanitaria del coronavirus

Redacción - 19-06-2020 - 14:13 H - min.

El Ayuntamiento de Murcia ha aprobado destinar 1 millón de euros a autónomos y micropymes del municipio afectados por el cierre decretado tras el estado de alarma. La cuantía máxima de la ayuda por beneficiario será de 1.000 euros para trabajadores autónomos por cuenta propia o micropymes sin trabajadores o que tengan hasta 3; y de 1.500 euros para autónomos por cuenta propia o micropymes que tengan cuatro o más trabajadores, con un máximo de 9.

No obstante, a estas ayudas no podrán acceder los veterinarios ya que, el consistorio murciano ha excluido de esta prestación a las profesiones contempladas el Real Decreto 463/2020 que en su artículo 10 permitía que determinados establecimientos como los farmacéuticos, los destinados a la venta de alimento de animales de compañía y los centros o clínicas veterinarias, entre otros, permanecieran abiertos durante el estado de alarma. Y es que, las actividades veterinarias se han considerado esenciales durante el estado de alarma. 

A pesar de que los veterinarios no pueden acogerse a estas ayudas sí que ha habido, a nivel autonómico, otro tipo ayudas a las que este colectivo sí que ha podido acceder.

Con estas ayudas, el Ayuntamiento de Murcia asegura que pretende favorecer el reinicio de su actividad y la reactivación de la economía en el municipio. Entre las actividades que podrán beneficiarse figuran todas las afectadas por la suspensión de apertura al público decretada en el Real Decreto 463/2020, como por ejemplo la hostelería y los establecimientos de actividades recreativas.

En cuanto a los gastos subvencionables se incluyen las rentas del alquiler del local en el que se presta directamente la actividad -que deberá contar con la preceptiva licencia municipal para el ejercicio de la misma- gastos de luz, agua, conexión a internet, leasing, renting, además de los gastos ordinarios ocasionados para dar cumplimiento a las medidas sanitarias y de prevención de riesgos laborales.

El plazo de presentación de las solicitudes, que deberán realizarse obligatoriamente a través del formulario específico disponible en la dirección https://sede.murcia.es/, empezará a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y finalizará el 30 de septiembre de 2020.

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