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ANIMALADAS

Piden que la Ley de Bienestar Animal proteja a los animales de intervención

La Cátedra Animales y Sociedad de la Universidad Rey Juan Carlos ha solicitado al Gobierno en que la futura Ley de Bienestar Animal ampare una regulación de las intervenciones con Animales

Imagen de una terapia asistida con un caballo.
Imagen de una terapia asistida con un caballo.

Piden que la Ley de Bienestar Animal proteja a los animales de intervención

La Cátedra Animales y Sociedad de la Universidad Rey Juan Carlos ha solicitado al Gobierno en que la futura Ley de Bienestar Animal ampare una regulación de las intervenciones con Animales

Redacción - 23-12-2020 - 10:40 H - min.

La Cátedra Animales y Sociedad (Cátedra A&S) de la Universidad Rey Juan Carlos ha solicitado al Gobierno en el proceso de consulta pública del Anteproyecto de Ley de Bienestar Animal que la futura norma ampare una regulación de las Intervenciones Asistidas con Animales (IAAs) que tenga en cuenta el bienestar del animal que participa, para asegurar que sean siempre interacciones respetuosas con su condición animal.

Pese a que las IAAs son prácticas que intervienen en la salud y la educación, y sus ámbitos más frecuentes de actuación son, por este orden, neurorrehabilitación y diversidad funcional, educación y psicología y psiquiatría, España carece de una reglamentación específica ni en al ámbito sanitario ni en el educativo. “Tampoco, por tanto, en lo que respecta al bienestar de los animales que participan”, aseguran desde la cátedra.

La importancia del bienestar de los animales de intervención es máxima, y trasciende a los derechos del propio animal. “Los modelos de IAAs que propician el equilibrio de los animales obtienen una calidad óptima de las intervenciones practicadas. Y a la inversa. Con animales que no se sienten bien es imposible realizar interacciones de calidad”, explica Nuria Máximo, directora de la Cátedra A&S.

Entre las propuestas que la Cátedra A&S de la URJC ha compartido con la Dirección General de Derechos de los Animales para que formen parte de la futura Ley de Bienestar Animal, destacan que todas las IAAs deben respetar la condición como especie del animal que participa —perro o caballo, las más frecuentes—, no debiendo realizarse aquellas que vayan en contra de su naturaleza.

Asimismo, proponen la elaboración de un censo de animales de intervención y un registro nacional de entidades que desarrollan IAAs, que a día de hoy no existe, así como el establecimiento de las correspondientes medidas de inspección y seguimiento.

Además, piden velar por que las IAAs sean respetuosas con la declaración Universal de los Derechos de los Animales, y cuyo artículo 4 defiende que todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural (…) y que toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a ese derecho. Supondría poner fin a las intervenciones que actualmente se realizan con delfines.

DESCANSOS Y DÍAS LIBRES PARA LOS ANIMALES DE INTERVENCIÓN

Entre otras propuestas, desde Cátedra A&S destacan las obligaciones de los guías de los animales, entre las que se encontraría promover interacciones seguras y agradables entre los animales y las personas beneficiarias. De manera especial, se debería proteger al animal de posibles agresiones físicas a las que pudiera enfrentarse en el desempeño de su labor.

También destacan que es obligación del guía retirar al perro o al caballo de la sesión si el animal de intervención muestra signos de agotamiento, estrés, o malestar.

Desde la Cátedra A&S proponen que se respete los principios de bienestar animal en su selección, educación y cuidado, erradicando el empleo de ningún medio que les cause dolor físico o emocional tanto en el entrenamiento como en las sesiones.

Asimismo, proponen establecer la obligación de facilitar descansos y días libres, así como un transporte adecuado a los animales de intervención. Debe existir un cuadrante horario con la carga de trabajo semanal. Cada perro de intervención debería realizar un máximo de 15 horas semanales, y cada caballo, 20 horas semanales, debiendo ser menos en caso de participar en sesiones que el interventor y el guía consideren especialmente estresantes o exigentes a nivel físico, mental y/o emocional.

Establecimiento de descansos entre sesiones. En ningún caso, deberían ser inferiores a 15 minutos y, en ellos, el perro debería tener siempre acceso a agua fresca y el caballo, a agua fresca, sal y pasto. Se aconseja que el caballo tenga posibilidad de pastar libremente al menos una hora al día.

PLANES DE JUBILACIÓN PARA LOS ANIMALES DE INTERVENCIÓN

Por otro lado señalan que las entidades responsables de los animales deberán tener preparado un “plan de jubilación digno y adecuado” a cada animal de intervención según sus características. El establecimiento de una edad de jubilación que debería estar en torno a los 10 años para los perros y de los 20 años para los caballos. Nos obstante, unos y otros podrían jubilarse posteriormente siempre que lo avale el veterinario, y reduciendo la carga de trabajo.

“Con independencia de los cuidados que precisen por su estado de salud, todos los animales de intervención deberían pasar controles veterinarios al menos dos veces al año para acreditar su bienestar físico y emocional”, señalan.

También recomiendan a la Administración distinguir entre las distintas IAAs —terapias asistidas con animales, educación asistida con animales y actividades asistidas con animales—, como establece la International Association of Human Animal Interaction Organizations.

“Es imprescindible que la ley conlleve un régimen sancionador que, en los casos de maltrato o malas prácticas, suponga la suspensión de la licencia para poder seguir desarrollando IAAs y/o mantener contacto con animales”, apuntan.

Por último, los miembros de la Cátedra A&S de la URJC se felicitan por el inicio de la tramitación del Anteproyecto de Ley de Bienestar Animal, una ley que consideran tan necesaria como tardía, y comparten la necesidad de que una norma de rango estatal regule los aspectos básicos que hacen referencia al bienestar y la protección de los animales que viven con el hombre en todo el territorio nacional, coordinando la abundante y dispar normativa autonómica y municipal.

“De los contenidos de la futura ley anticipados por la Dirección General de Derechos de los Animales, la Cátedra A&S considera muy positiva la creación de un sistema de nacional de identificación, conocido por ahora como el DNI Animal. Supondría, como se ha dicho, una mejora de la protección de los animales y de la salud pública, pero, sobre todo, dotaría a los animales de una identidad que puede suponer el principio del fin de la cosificación a la que con frecuencia se les somete”, concluyen.

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