SÁBADO, 27 de abril 2024

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PROFESIONALES

España actualiza su compromiso internacional en materia de zootecnia

España actualiza mediante un Real Decreto el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y su compromiso internacional en materia de zootecnia

España actualiza su compromiso internacional en materia de zootecnia

España actualiza su compromiso internacional en materia de zootecnia

España actualiza mediante un Real Decreto el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y su compromiso internacional en materia de zootecnia

Jorge Jiménez - 01-03-2019 - 13:00 H - min.

Mediante la publicación del Real Decreto 45/2019 de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores, híbridos y su material reproductivo, se ha actualizado el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas.

Con este real decreto España “responde” a la “necesidad de adaptar y actualizar el Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, a las modificaciones introducidas por el nuevo marco legal europeo, manteniendo las particularidades propias estructuradas en torno al Programa nacional de conservación, mejora y fomento de razas ganaderas y regulando aquellos aspectos que garantizan el respeto de los compromisos adquiridos en materia de zootecnia por nuestro país en el ámbito internacional”, se destaca en el BOE.

Según se especifica en el texto, “resulta imprescindible mantener ciertas especificidades de carácter nacional no reguladas por la normativa comunitaria”, y en este sentido se señala lo relativo al Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España, al Sistema Nacional de Información de razas de producción y bancos de germoplasma o a la Comisión Nacional de Zootecnia entre otros.

Por lo tanto, el real decreto persigue establecer las condiciones zootécnicas para la cría de las razas de especies que no están reguladas por el Reglamento europeo (UE) 2016/1012. En este sentido se hace hincapié en actualizar la estructura y el contenido del Programa Nacional de conservación, mejora y fomento de razas ganaderas.

Para conseguirlo, se complementa el marco normativo europeo con previsiones estrictamente nacionales en las que España ejerce su soberanía.

Con el fin de regular los controles veterinarios y zootécnicos aplicables a los intercambios intracomunitarios de estas razas y especies no reguladas en el Reglamento europeo, se establece que, por ejemplo, los “certificados o documentos expedidos por el veterinario oficial responsable” acompañarán al animal o a los productos hasta su llegada a los destinatarios.

Asimismo, se modifica el Real Decreto 1438/1992, de 27 de noviembre estableciendo algunas nuevas puntualizaciones como la colaboración entre los Estados miembros y la Comisión Europea para “garantizar el respeto de la legislación veterinaria”.

Por último, entre otras modificaciones, se establece que se comunicará “cuanto antes” a las autoridades competentes de los demás Estados miembros cualquier operación que sea o parezca contraria a la legislación veterinaria.

Igualmente se establece esto para las comunidades autónomas que, en los casos de verificarse que dichas operaciones pudieran afectar a otros Estados de la Unión, podrán informar tanto al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o al de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a fin de hacerlo llegar a las instituciones europeas.

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