La Secretaría de Estado de Función Pública ha nombrado como funcionarios de carrera del Cuerpo Nacional Veterinario a 42 aspirantes, 40 por acceso libre y 2 por promoción interna, tras superar un periodo de prácticas
42 nuevos funcionarios se suman al Cuerpo Nacional Veterinario
La Secretaría de Estado de Función Pública ha nombrado como funcionarios de carrera del Cuerpo Nacional Veterinario a 42 aspirantes, 40 por acceso libre y 2 por promoción interna, tras superar un periodo de prácticas
Redacción - 10-10-2019 - 13:27 H - min.
Por resolución del 22 de febrero de 2018 en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Subsecretaría del ya extinto Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente convocaba un proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Nacional Veterinario.
El 19 de marzo de 2019 concluyeron las pruebas selectivas y, por resolución de 3 de junio de 2019, se dio publicidad a la relación de aprobados en el proceso. Más tarde, el 6 de junio, los aspirantes fueron nombrados funcionarios en prácticas del Cuerpo Nacional Veterinario.
Ahora, este 10 de octubre, el BOE ha publicado el nombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo Nacional Veterinario de los 42 aspirantes (40 por acceso libre y 2 por promoción interna) que han aprobado las prácticas. Asimismo, el Ministerio ha especificado los destinos que se les adjudican.
Hoy toma posesión la LIV promoción del Cuerpo Nacional Veterinario más de 110 años avalan a nuestro cuerpo al servicio de la Sociedad Española. ¡¡Enhorabuena compañeros!! ¡¡BIENVENIDOS!! pic.twitter.com/43GmVRrEFH
— ACNV (@ACN_Veterinario) October 10, 2019
En el texto se apunta que, como último requisito para adquirir la condición de funcionarios de carrera, los seleccionados deberán “prestar acto de acatamiento de la Constitución” y tomar posesión de sus destinos en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución.
Esta resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante la Secretaría de Estado de Función Pública en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien podrá ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.