JUEVES, 2 de mayo 2024

JUE, 2/5/2024

POLÍTICA

Real Decreto para garantizar la accesibilidad con perros guía y de asistencia en España

El Gobierno ha presentado el borrador del Proyecto de Real Decreto por el que se regulan las condiciones de accesibilidad de las personas con discapacidad a lugares públicos, que incluye a los perros guía y de asistencia

Ione Belarra, ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030.
Ione Belarra, ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Real Decreto para garantizar la accesibilidad con perros guía y de asistencia en España

El Gobierno ha presentado el borrador del Proyecto de Real Decreto por el que se regulan las condiciones de accesibilidad de las personas con discapacidad a lugares públicos, que incluye a los perros guía y de asistencia

Francisco Ramón López - 20-05-2022 - 09:27 H - min.

El Ministerio de Derechos Sociales ha sacado a audiencia pública el borrador del Proyecto de Real Decreto por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público.

Se trata de una norma para garantizar la accesibilidad universal, que permita que las personas con discapacidad puedan “vivir en igualdad, en libertad, de forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida”.

Este texto abarca todos los aspectos que afectan a la accesibilidad de las personas con discapacidad en su día a día, incluido el acceso con perros guía o de asistencia a edificios de acceso público.

El Gobierno ya adelantó en el Plan Anual Normativo correspondiente a 2022 que trabajaría para regular a nivel estatal la figura del perro de asistencia. El objetivo, explicaban, era sustituir el actual marco regulatorio de la tenencia de perros guía por un régimen legal que abarque “todos los aspectos relativos a la tenencia de perros de asistencia”.

El Real Decreto que ha presentado el Gobierno incluye en su artículo 13 una referencia a los perros guía y de asistencia. En el apartado 1, indican que “las personas con discapacidad usuarias de perros-guía y de perros de asistencia y las personas con trastornos diabéticos o epilépticos usuarias de perros de apoyo que, de acuerdo con la legislación específica aplicable, tengan la condición de animales de apoyo, así como las personas encargadas de su adiestramiento en el ejercicio de esta tarea, no podrán ser discriminadas de ningún modo en el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público”.

Eso sí, recuerdan que “las personas usuarias de estos animales deberán observar en su tenencia y uso las obligaciones contenidas en la normativa sectorial correspondiente”, que en estos momentos es regional y municipal.

Por otro lado, en el apartado 2, apuntan que “se promoverá la utilización de perros-guía y perros de asistencia para facilitar la movilidad y autonomía de las personas con discapacidad que requieran este tipo de apoyo, garantizando que se permita su libre acceso, en la forma que se determine, a todos los lugares, alojamientos, establecimientos, locales, transportes y demás espacios de uso público sin que ello conlleve gasto adicional alguno para dichas personas”.

El Ministerio ha informado de que el periodo para realizar aportaciones se alargará hasta el 31 de mayo y que las personas o entidades nteresadas en enviarles alegaciones pueden hacerlo a través del correo: informacion-publica@mdsocialesa2030.gob.es

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