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Europa reconoce a España oficialmente indemne de brucelosis ovina y caprina

La Comisión Europea ha confirmado que las 17 comunidades autónomas españolas ya son oficialmente indemnes a la brucelosis ovina y caprina

Todas las comunidades autónomas españolas ya son oficialmente indemnes a la brucelosis ovina y caprina.
Todas las comunidades autónomas españolas ya son oficialmente indemnes a la brucelosis ovina y caprina.

Europa reconoce a España oficialmente indemne de brucelosis ovina y caprina

La Comisión Europea ha confirmado que las 17 comunidades autónomas españolas ya son oficialmente indemnes a la brucelosis ovina y caprina

Redacción - 11-02-2021 - 17:35 H - min.

Según han señalado desde el Colegio de Veterinarios de Zaragoza, la Comisión Europea ha confirmado que las 17 comunidades autónomas españolas ya son oficialmente indemnes a la brucelosis ovina y caprina.

Se trata de un largo recorrido de varios años que ha finalizado con el reconocimiento de Bruselas, después de conseguir que no haya habido ningún caso durante el año en el territorio español que forma parte del control oficial de esta enfermedad, dejando al margen las ciudades de Ceuta y Melilla.

Las provincias que faltaban por conseguir ese estatus eran de la parte oriental de Andalucía. En concreto, las de Málaga, Jaén, Granada y Almería.

Ahora, el objetivo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (Mapa) es mantener y demostrar el mantenimiento de dicho estatus, mediante la aplicación de un programa de vigilancia basado en el riesgo, considerando los sistemas de producción y los factores de riesgo identificados.

Las principales medidas se basan en pruebas de detección de posibles animales positivos y sacrificio obligatorio de los mismos. Siempre que exista confirmación microbiológica de Brucella melitensis se realizará el vaciado sanitario del establecimiento o unidad epidemiológica.

A partir del 21 de abril, con la nueva normativa comunitaria, este criterio se aplicará también si se confirma B. abortus. Sólo se podrán contemplar excepciones al vaciado sanitario en circunstancias excepcionales, como en el caso de que sea necesaria la protección de recursos genéticos.

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