Agricultura ha sacado a participación pública una actualización del Real Decreto para modificar la ordenación de granjas porcinas en España y flexibilizar la instalación de plantas de biogás para el aprovechamiento del estiércol
Nueva consulta pública del Real Decreto para modificar la ordenación de granjas porcinas en España
Agricultura ha sacado a participación pública una actualización del Real Decreto para modificar la ordenación de granjas porcinas en España y flexibilizar la instalación de plantas de biogás para el aprovechamiento del estiércol
Redacción -
12-01-2023 - 10:27 H - min.
El pasado mes de octubre, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) iniciaba el procedimiento de audiencia pública del borrador del proyecto de Real Decreto para modificar la ordenación de granjas porcinas en España.
Ahora, este jueves 12 de enero el MAPA ha abierto otro proceso de participación pública del Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo.
En el texto del documento el Ministerio señala que la gestión de los estiércoles del ganado porcino es uno de los grandes retos del sector, especialmente en zonas vulnerables a la contaminación por nitratos y en zonas de alta densidad ganadera, donde hay dificultades para poder valorizarlos agronómicamente.
“Entre las alternativas que existen para mejorar su gestión, cabe destacar la gestión colectiva de los mismos entre varias explotaciones, la utilización de técnicas que faciliten su transporte o, especialmente, aquellas que reduzcan las emisiones de gases contaminantes y de gases de efecto invernadero a la atmósfera por su indudable beneficio medioambiental”, apuntan desde el MAPA.
Entre todas las posibilidades, indican, tiene un especial interés la obtención de compost y otros subproductos que faciliten y mejoren la valorización agronómica de los estiércoles, contribuyendo a la economía circular o la digestión anaerobia de los mismos en plantas específicas, con la consiguiente generación de biogás, una fuente de energía renovable, aprovechable o bien en el ámbito local para su consumo o para generación de energía eléctrica, o bien para volcarlo a la red y utilizarlo a mayores distancias.
“El aprovechamiento de los estiércoles para la generación de energía ha ganado interés recientemente en el contexto actual de crisis energética desencadenado tras la invasión rusa de Ucrania”, aseguran desde el Ministerio.
Por este motivo, con la nueva modificación del Real Decreto se pretenden flexibilizar los requisitos de ubicación para la instalación de plantas de biogás, plantas de compostaje y plantas de almacenamiento de estiércol, con la idea de que las autoridades competentes puedan reducir hasta en un 50% el régimen de distancias que el anexo V establece entre las explotaciones porcinas y este tipo de instalaciones.
“Esta medida se incardina perfectamente en las grandes estrategias ambientales y energéticas que se están desarrollando, tanto por parte de la Comisión Europa en estos momentos (Pacto Verde de la UE, Estrategia Repower UE) como en el ámbito nacional (Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, y Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, así como la Hoja de Ruta del Biogás)”, explican desde el Ministerio.
Además, el fomento de estas instalaciones mediante la flexibilización del régimen de distancias puede favorecer la puesta en marcha de proyectos que puedan beneficiarse de los fondos puestos a disposición del sector para este fin, en el ámbito del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en cuyo marco España se ha comprometido con Europa al cumplimiento de determinados objetivos relacionados con el despliegue del biogás en España, para el periodo 2021-2026.
“Por otra parte, tras cerca de tres años desde la entrada en vigor del Real Decreto 306/2020, y una vez que la disposición transitoria primera ha cumplido con el cometido de dar seguridad jurídica a los expedientes que se encontraban en fase de tramitación en el momento de la entrada en vigor del mencionado Real decreto, conviene poner fecha para la finalización de la vigencia de dicha disposición para ciertos requisitos de la norma, y así garantizar ampliamente su aplicación y el cumplimiento de los objetivos generales y específicos de la misma”, señalan desde el MAPA.
El plazo para el envío de observaciones al texto comienza el 13 de enero y finaliza el 23 de enero de 2023, ambos inclusive. Las alegaciones, observaciones, sugerencias u opiniones al respecto que se realicen, deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: bzn-mesaordenacion@mapa.es.