En una respuesta escrita el Gobierno ha explicado que en la redacción del Real Decreto de Vigilancia en Salud Pública “se tendrán en cuenta las funciones atribuidas a los veterinarios y su contribución a la protección de la salud”
El Gobierno confirma que el Real Decreto de Vigilancia en Salud Pública incluirá a los veterinarios
En una respuesta escrita el Gobierno ha explicado que en la redacción del Real Decreto de Vigilancia en Salud Pública “se tendrán en cuenta las funciones atribuidas a los veterinarios y su contribución a la protección de la salud”
Francisco Ramón López - 13-06-2022 - 09:52 H - min.
En febrero el Gobierno presentó un breve texto de resumen sobre el contenido del Real Decreto de Vigilancia en Salud Pública para su consulta pública que hizo saltar las alarmas del sector veterinario, que realizó numerosas alegaciones, pues no incluía ninguna referencia a la sanidad animal o al ‘One Health’.
Sin embargo, según han ido avanzando los meses el Gobierno ha respondido a algunas preguntas escritas en el Congreso de los Diputados asegurando que no excluirá a la salud animal de este Real Decreto.
Ahora, el Gobierno ha respondido a otra pregunta escrita, en este caso de Vox, sobre la inclusión de los veterinarios en el futuro texto legal, asegurando que están contando con todos los sectores. “La elaboración del borrador de Real Decreto de Vigilancia en Salud Pública se está llevando a cabo en estos momentos con la participación y colaboración de múltiples organismos, entre ellos todos los Departamentos Ministeriales, incluido el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA)”, apuntan.
Asimismo, añaden que “el sector veterinario también participa en esta elaboración ya que en el Proyecto de Real Decreto de vigilancia de la Salud Pública se tendrán en cuenta las funciones atribuidas a los veterinarios y su contribución a la protección de la salud, a la prevención de las enfermedades en la población y a la organización de respuestas para minimizar su impacto”.
Por otro lado, el Gobierno ha aprovechado esta respuesta para responder también a otras cuestiones relativas al sector veterinario, como el intrusismo profesional. En este punto, indican que “de acuerdo con el artículo 403 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, el ejercicio de actos propios de una profesión que exige un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, sin estar en posesión de dicho título, es un delito sancionado con penas de multa de seis a doce meses o de prisión de seis meses a dos años si se ha atribuido públicamente la cualidad profesional del título o si ejerce en un local abierto al público en el que se anuncie la prestación de servicios propios de la profesión”.
“Por tanto, el delito de intrusismo está ya regulado en nuestro ordenamiento jurídico y no está justificada una mayor especificidad en el caso de la profesión veterinaria”, sostienen.
También ha respondido a una pregunta sobre la creación de una receta única veterinaria, indican que el Real Decreto 109/1195, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios establece en su artículo 80, regula la validez de la receta en todo el territorio nacional, sin necesidad de que responda a un único formato.
“Por su parte, el Reglamento (UE) 2019/6, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre medicamentos veterinarios y por el que se deroga la Directiva 2001/82/CE, establece en su artículo 105, apartado 7, que ‘las prescripciones veterinarias expedidas de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 serán válidas en toda la Unión’”, explican.