El Congreso ha dado el visto bueno final al Proyecto de Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, que incluye una disposición para que las sanciones pasen de ser muy graves a leves
Aprobada la rebaja de las sanciones por no comunicar en plazo los antibióticos veterinarios a Presvet
El Congreso ha dado el visto bueno final al Proyecto de Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, que incluye una disposición para que las sanciones pasen de ser muy graves a leves
Francisco Ramón López -
20-03-2025 - 12:45 H -
min.
A principios de año entró en vigor el artículo 39.1 del Real Decreto 666/2023, que regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios, que obliga a la comunicación de los datos de prescripciones veterinarias para antimicrobianos en animales de compañía a través de la plataforma Presvet.
Esta medida ha sido considerada como una carga burocrática, que se suma a otros aspectos de esta norma que no convencen a algunos profesionales del sector, como las restricciones a la prescripción y dispensación de medicamentos.
Una de las mayores críticas a la norma fue que las sanciones por no comunicar las prescripciones a Presvet eran desproporcionadas. Y es que las infracciones son consideradas muy graves, aplicando una multa de 60.001 a 1.200.000 euros.
En este sentido, cabe recordar que el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), como ya adelantó Animal’s Health, decidió reducir el impacto de estas sanciones. Para ello, han aprovechado la tramitación del Proyecto de Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, al que han añadido una disposición final que aborda este problema.
Asimismo, el director general de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal del MAPA, Valentín Almansa, como avanzó este medio, volvió a recordar en una carta recientemente que las sanciones pasarían de ser muy graves a leves.
De esta manera, las multas pasan de 60.001 a 1.200.000 euros a 600 a 3.000 euros o apercibimiento. Eso sí, la modificación añade una mención a la reincidencia. En este sentido, si una persona cometiese una segunda infracción leve en el plazo de dos años desde la sanción de la primera infracción leve, se considera infracción grave.
Este jueves 20 de marzo la norma ha vuelto al Pleno del Congreso de los Diputados tras su paso por el Senado para su aprobación final. Ahora, tras haber recibido luz verde, se procederá a su remisión al presidente del Gobierno para su sanción y promulgación por el Rey. Finalmente, la ley se publicará en el Boletín Oficial del Estado.