Con la modificación, la infección por el virus de la lengua azul deja de ser de categoría C, y queda clasificada como enfermedad D+E
Europa rebaja la categoría de la lengua azul y suavizará las medidas de prevención y control
Con la modificación, la infección por el virus de la lengua azul deja de ser de categoría C, y queda clasificada como enfermedad D+E
Francisco Ramón López -
27-01-2026 - 13:21 H -
min.
La Comisión Europea ha aprobado una modificación de la categorización sanitaria de la infección por el virus de la lengua azul (serotipos 1 a 24), que dejará de estar sujeta a programas de erradicación voluntaria y pasará a considerarse exclusivamente como enfermedad de categoría D+E dentro del marco de la legislación europea de sanidad animal.
La modificación de la categorización europea llega después de que distintas comunidades autónomas y autoridades nacionales trasladaran a Bruselas la dificultad de aplicar programas de erradicación frente a una enfermedad ya ampliamente extendida y con circulación persistente.
El cambio se recoge en el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/169, adoptado el 26 de enero de 2026 y publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, por el que se modifica el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 relativo a la categorización de enfermedades incluidas en la lista de la Unión.
La decisión se enmarca en lo previsto por el Reglamento (UE) 2016/429, que permite adaptar la categorización de las enfermedades cuando se producen cambios en su perfil epidemiológico o en la viabilidad y eficacia de las medidas de prevención y control disponibles.
Según expone la Comisión, la experiencia acumulada desde la adopción del Reglamento 2018/1882 ha puesto de manifiesto que las medidas asociadas a la categoría C —en particular los programas de erradicación— presentan una “eficacia y viabilidad limitadas” en el caso de la lengua azul.
En este sentido, desde la Comisión admiten que la infección ha mostrado una mayor persistencia tanto en poblaciones animales como en el medio ambiente, afectando a una amplia variedad de especies de rumiantes. Entre los factores identificados figuran la mayor abundancia, persistencia y expansión de los vectores del género Culicoides, asociada a periodos de transmisión más prolongados.
A ello se suma la circulación reciente de distintos serotipos del virus —como BTV-3, BTV-4 y BTV-8— sin protección cruzada, lo que ha ampliado de forma significativa su distribución territorial dentro de la Unión.
A la luz de esta evolución, la Comisión considera que “ya no está garantizada” la “proporcionalidad” de las medidas previstas para las enfermedades de categoría C, y que resulta necesario ajustar el enfoque regulatorio.
Así, el nuevo encuadre prioriza la gestión del riesgo a escala de la UE, con especial atención a las medidas aplicables a los desplazamientos entre Estados miembros de rumiantes vivos y de sus productos reproductivos, así como a la vigilancia epidemiológica.
Con la modificación, la infección por el virus de la lengua azul queda clasificada como enfermedad D+E, afectando a especies pertenecientes a las familias Antilocapridae, Bovidae, Camelidae, Cervidae, Giraffidae, Moschidae y Tragulidae, y manteniéndose la identificación de Culicoides spp. como vector.
El reglamento entrará en vigor veinte días después de su publicación, aunque su aplicación efectiva comenzará el 15 de julio de 2026, con el fin de permitir la adaptación coordinada de otros actos delegados y de ejecución en materia de sanidad animal. A partir de esa fecha, la nueva categorización será obligatoria y directamente aplicable en todos los Estados miembros.