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Dos nuevos focos de tuberculosis bovina confirmados en Asturias

Se han confirmado 2 focos de tuberculosis en dos granjas de bovino de Asturias

Adrián Barbón, presidente del Principado de Asturias.
Adrián Barbón, presidente del Principado de Asturias.

Dos nuevos focos de tuberculosis bovina confirmados en Asturias

Se han confirmado 2 focos de tuberculosis en dos granjas de bovino de Asturias

Redacción - 03-01-2023 - 13:02 H - min.

Este martes 3 de enero el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha comunicado dos nuevos focos de tuberculosis en dos explotaciones de bovino en Asturias, en los municipios de Tineo y Parres.

Se trata de dos granjas de 67 y 94 animales respectivamente y ambos focos fueron confirmados el pasado día 23 de diciembre, según la última información publicada por el Ministerio de Agricultura.

Con estos dos nuevos focos ascienden ya a 9 el total de confirmados el pasado 2022. De todos ellos, 8 han tenido lugar en Asturias y uno en la comunidad autónoma de Galicia.

En este sentido, hay que recordar que la primera vez que se detectaron focos de tuberculosis bovina en Asturias en 2022 fue en el mes de junio. Así, el pasado 8 de junio se notificaron 3 focos de esta enfermedad. Posteriormente, ya en el mes de septiembre, se declaró otro foco en Galicia.

La declaración de focos de tuberculosis bovina tanto en Asturias como en Galicia reviste cierta relevancia, ya que ambas comunidades autónomas recibieron el visto bueno de la Comisión Europea para ser declaradas libres de la enfermedad hace menos de un año.

A este respecto, según los planes de erradicación nacionales, para que una región se considere indemne de tuberculosis debe haber una tasa de incidencia de establecimientos confirmados como infectados no superior al 0,1% del total en los últimos 3 años. Para el mantenimiento de la calificación, al menos un 99,8% de establecimientos deben estar libres.

Un establecimiento se considera positivo, de acuerdo con el RD 2611/1996 y modificaciones, si en él al menos un animal susceptible de ser examinado por su edad no ha superado alguna de las pruebas oficiales (tanto de rutina como complementarias) con resultado favorable o no ha sido sometido a alguna las pruebas de diagnóstico previstas en el Anexo III del Reglamento (UE) 2020/689.

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