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Castilla y León prorroga hasta el 31 de julio las medidas cautelares frente a la dermatosis nodular contagiosa

La decisión se recoge en una Resolución de 24 de junio de 2026 de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera

Alfonso Fernández Mañueco, presidente de la Junta de Castilla y León.
Alfonso Fernández Mañueco, presidente de la Junta de Castilla y León.

Castilla y León prorroga hasta el 31 de julio las medidas cautelares frente a la dermatosis nodular contagiosa

La decisión se recoge en una Resolución de 24 de junio de 2026 de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera

Redacción - 30-06-2026 - 10:22 H - min.

La Junta de Castilla y León ha acordado prorrogar hasta el 31 de julio de 2026 la vigencia de las medidas cautelares frente a la dermatosis nodular contagiosa (DNC), con el objetivo de mantener un adecuado nivel de vigilancia sobre esta enfermedad en la comunidad autónoma. La decisión se recoge en una Resolución de 24 de junio de 2026 de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, publicada este martes 30 de junio en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL).

La resolución mantiene las medidas adoptadas inicialmente mediante la Resolución de 23 de enero de 2026, en los mismos términos y condiciones, siempre que continúe la actual situación epidemiológica de la enfermedad en España.

La administración autonómica recuerda que la dermatosis nodular contagiosa de los bóvidos es una enfermedad vírica de declaración obligatoria, incluida en la lista A de enfermedades de la Organización Mundial de Sanidad Animal (Omsa), cuya aparición en Castilla y León tendría importantes consecuencias tanto desde el punto de vista sanitario como económico, afectando a la cabaña ganadera y a los movimientos comerciales de las zonas implicadas.

La resolución explica que, aunque la evolución epidemiológica en España es actualmente favorable, se considera necesario mantener las medidas preventivas para minimizar el riesgo de introducción y difusión de la enfermedad en el territorio autonómico.

SE MANTIENEN LAS MEDIDAS POR PRECAUCIÓN

El texto recuerda que el 29 de abril de 2026 se publicó la Decisión de Ejecución (UE) 2026/694 de la Comisión Europea, por la que se modificó el anexo II de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/2248, levantando la última zona de restricción que permanecía vigente en España, vinculada a los focos detectados en la provincia de Huesca. Desde entonces, esa zona ha pasado a ser considerada zona de vacunación II.

Pese a esta evolución positiva, la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera considera oportuno prolongar las medidas cautelares actualmente en vigor para garantizar un nivel adecuado de vigilancia sanitaria en Castilla y León.

La resolución señala que esta decisión se adopta al amparo de las competencias atribuidas a la Dirección General en materia de sanidad animal por la Orden AGR/36/2024, de 15 de enero, el Decreto 266/1998, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Sanidad Animal, y la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.

El objetivo de estas actuaciones es mantener medidas temporales y preventivas que permitan minimizar el riesgo de difusión de la dermatosis nodular contagiosa en la comunidad autónoma.

UNA CADENA DE PRÓRROGAS DESDE NOVIEMBRE DE 2025

La resolución hace un repaso de la evolución de estas medidas cautelares desde su implantación. Así, recuerda que el 7 de noviembre de 2025 se publicó la primera resolución por la que se adoptaban medidas frente a la enfermedad, con vigencia inicial hasta el 30 de noviembre de 2025.

Posteriormente, mediante una resolución de 26 de noviembre de 2025, se modificaron determinados aspectos y se amplió su vigencia hasta el 2 de enero de 2026, contemplando ya la posibilidad de nuevas prórrogas en función de la evolución epidemiológica.

Más adelante, la Resolución de 23 de enero de 2026 prolongó las medidas hasta el 31 de marzo de 2026, plazo que posteriormente fue ampliado mediante una nueva resolución de 26 de marzo hasta el 31 de mayo, y de nuevo mediante otra resolución de 27 de mayo, que extendió la vigencia hasta el 30 de junio de 2026.

Con la resolución ahora publicada, las medidas cautelares permanecerán vigentes hasta el 31 de julio de 2026, siempre que se mantenga la situación epidemiológica actual.

La resolución indica asimismo que, al no poner fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el BOCyL, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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