El objeto de la presente orden es establecer medidas específicas de protección contra la lengua azul, de aplicación a todo el territorio nacional
A consulta pública la orden por la que se establecen medidas de protección frente a la lengua azul
El objeto de la presente orden es establecer medidas específicas de protección contra la lengua azul, de aplicación a todo el territorio nacional
Redacción -
04-10-2024 - 15:01 H - min.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha sacado a participación pública el proyecto de Orden por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul, que serán de aplicación en todo el territorio nacional.
Y es que desde el MAPA recuerdan que la lucha frente a los diferentes serotipos del virus de la lengua azul que han sido detectados en España se lleva a cabo mediante un programa de vigilancia, un programa de vacunación y el control de los movimientos de los animales sensibles.
La adaptación de los programas de lucha a la evolución epidemiológica de la enfermedad se ha realizado mediante sucesivas órdenes ministeriales, siendo la última de ellas la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, por la que se establecen medidas específicas de protección frente a la lengua azul. Los anexos de esta orden se han modificado anualmente en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad.
Ante la nueva situación de la enfermedad en España y con la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal, y del Reglamento Delegado (UE) 2020/689 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, se hace necesaria la actualización la normativa.
Por ello, se procede a derogar la mencionada orden, con el fin de actualizar la normativa, actualizar conceptos, definir las nuevas zonas sometidas a programa frente al virus de la lengua azul en España, actualizar las zonas de vacunación obligatoria, modificar las condiciones de movimiento de animales, así como prorrogar las campañas de vacunación.
De esta manera, se pone a disposición el texto del proyecto para dar audiencia a los ciudadanos afectados y obtener cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse de otras personas o entidades.
El plazo para envío de observaciones al texto comienza el 4 de octubre y finaliza el 24 de octubre de 2024, ambos inclusive.
Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico de la Subdirección general de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación: sganimal@mapa.es
Accede al texto de la Orden de Medidas Especificas de Proteccion frente a la Lengua Azul