JUEVES, 25 de abril 2024

JUE, 25/4/2024

REDACCIÓN

Plasencia prohíbe el uso de tóxicos como repelentes de perros

Los placentinos están obligados a portar bolsas o envoltorios para recoger las heces de sus perros, debido a una nueva modificación de la ordenanza reguladora de la tenencia y protección de animales de compañía. Esta ordenanza prohíbe, a partir de los últimos cambios, la utilización de azufre y otros tóxicos como repelentes de perros en las fachadas de los edificios

Plaza Mayor de Plasencia.
Plaza Mayor de Plasencia.

Plasencia prohíbe el uso de tóxicos como repelentes de perros

Los placentinos están obligados a portar bolsas o envoltorios para recoger las heces de sus perros, debido a una nueva modificación de la ordenanza reguladora de la tenencia y protección de animales de compañía. Esta ordenanza prohíbe, a partir de los últimos cambios, la utilización de azufre y otros tóxicos como repelentes de perros en las fachadas de los edificios

Redacción - 05-12-2018 - 13:00 H - min.

El pleno del Ayuntamiento de Plasencia (Cáceres) ha dado el visto bueno a la modificación de la ordenanza reguladora de la tenencia y protección de animales de compañía. Debido a este cambio en la norma municipal, los dueños de los perros están obligados a llevar consigo una bolsa o envoltorio adecuado para recoger las heces de las mascotas. Además, prohíbe la utilización de productos tóxicos en las fachadas de los edificios, utilizados para evitar que los animales orinen o defequen en estos lugares.

La aprobación definitiva de la modificación ha contado con los votos a favor del Grupo Popular, en contra de Plasencia en Común (PEC) y la abstención del Grupo Socialista, Extremeños y Ciudadanos (Cs). Asimismo, el Pleno ha rechazado las alegaciones al cambio de la norma que habían presentado ocho colectivos conservacionistas y organizaciones políticas, entre ellas PEC.

En su intervención, el edil de Salud Pública, Luis Miguel Pérez, ha explicado que la modificación afecta a los puntos 5 y 6 del artículo 6 de la ordenanza.

Así, en el punto 5 se establece que las personas que lleven animales por la vía pública "deberán llevar bolsa o envoltorio adecuados para recoger las defecaciones, procediendo a la limpieza inmediata de las mismas y depositarlas en papeleras y/o dispositivo que ponga a tal efecto la autoridad municipal".

La nueva redacción de este punto añade que del incumplimiento serán responsables las personas que lleven a los animales, o subsidiariamente sus propietarios.

El segundo cambio se refiere al uso de productos químicos en fachadas y lugares tanto públicos como privados para intentar evitar que los animales orinen o defequen en ellos y a la obligatoriedad que tienen los dueños de mascotas de evitar que sus animales orinen en dichos lugares.

En este sentido, la nueva ordenanza establece la prohibición del uso de productos tóxicos, como azufre o similares, "estando únicamente permitidos los repelentes registrados y autorizados para tal fin".

El concejal de Salud Pública ha indicado que el incumplimiento de las nuevas obligaciones establecidas en los puntos 5 y 6 de la ordenanza tiene la consideración de infracción grave, que supone una multa económica de entre 251 y 500 euros. 

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