MARTES, 23 de abril 2024

MAR, 23/4/2024

PROFESIONALES

Veterinarios, únicos autorizados para sacrificar animales de compañía

El BOE acaba de hacer oficial que los veterinarios valencianos son los únicos autorizados para sacrificar animales de compañía en su comunidad

Ximo Puig, presidente de la Generalitat Valenciana
Ximo Puig, presidente de la Generalitat Valenciana

Veterinarios, únicos autorizados para sacrificar animales de compañía

El BOE acaba de hacer oficial que los veterinarios valencianos son los únicos autorizados para sacrificar animales de compañía en su comunidad

Redacción - 14-02-2019 - 12:02 H - min.

Un animal de compañía solo podrá ser sacrificado en la Comunidad Valenciana por un veterinario u otra persona competente, salvo para poner fin al sufrimiento del animal en casos de urgencia justificada en los que no pueda obtenerse rápidamente la asistencia de un veterinario o de otra persona competente, o en cualquier otro caso de urgencia previsto por la legislación nacional.

Esta nueva normativa ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado, meses más tarde de que el Partido Socialista del País Valenciano y Compromís presentaran una enmienda a la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales de la Generalitat Valenciana, en la que reclamaban que el profesional veterinario fuera el único autorizado para eutanasiar animales de compañía.

En concreto, esta publicación del BOE, modifica el anexo del Decreto 158/1996, de 13 de agosto, del gobierno valenciano, que desarrolla la Ley 4/1994, de 8 de julio, de la Generalitat Valenciana, sobre protección de animales de compañía.

Además, dentro de las nuevas pautas se establece que, los sacrificios deberán efectuarse “con los menores sufrimientos físicos y psíquicos posibles. Por otro lado, la persona responsable del sacrificio deberá asegurarse de que el animal esté muerto antes de que se disponga de su cuerpo.

A este respecto se establece que, excepto en caso de urgencia, la eutanasia se llevará a cabo mediante la “inyección de dosis letal” de un producto que posea propiedades anestésicas, provocando la pérdida inmediata del conocimiento y la muerte, o iniciándose con la aplicación de una anestesia general profunda seguida de un procedimiento que cause la muerte de manera cierta.

Por último, se prohíben los métodos de sacrificio tales como ahogamiento y cualquier otro método de asfixia, además de la utilización de cualquier sustancia venenosa o droga cuya dosificación y aplicación no puedan controlarse.

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