Entre las vocalías que integran la composición del Observatorio habrá una persona en representación del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios
Los veterinarios, incluidos en el Observatorio de Agresiones Profesionales a sanitarios de Andalucía
Entre las vocalías que integran la composición del Observatorio habrá una persona en representación del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios
Redacción -
08-09-2025 - 11:28 H -
min.
Recientemente se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) número 172, el “Decreto 141/2025, de 2 de septiembre, por el que se crea y regula el Observatorio de Agresiones a las Personas Profesionales del Sistema Sanitario Público de Andalucía”. Tal y como se indica, entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el BOJA.
A este respecto, desde el Colegio de Veterinarios de Jaén han resaltado del citado Decreto 141/2025 una serie de aspectos, entre los que se incluye el Artículo 1, que tiene por objeto “la creación y regulación de la composición y funcionamiento del Observatorio de Agresiones a las Personas Profesionales del Sistema Sanitario Público de Andalucía, en adelante el Observatorio, para contribuir a prevenir y reducir las agresiones a las personas profesionales sanitarias y de gestión y servicios, así como contribuir a proteger y atender a aquellas personas víctimas de las mismas”.
De igual forma, entre sus funciones, le corresponde “(…) Promover medidas para favorecer las denuncias de las personas profesionales sanitarias, personal de gestión y servicios del SSPA ante cualquier tipo de agresión. (…) (Artículo 3.2.a)).
Asimismo, entre las vocalías que integran la composición del Observatorio, habrá una persona en representación del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios. (Artículo 5.d) 9º).
Desde el Colegio de Veterinarios de Jaén recuerdan que, en el plazo de un mes desde la entrada en vigor del citado decreto, se llevará a cabo la sesión de constitución y puesta en funcionamiento del Observatorio. (Disposición adicional primera).