El Consejo Valenciano de Colegios Veterinarios ha trasladado a la Dirección General de Farmacia la necesidad de flexibilizar la regulación valenciana de medicamentos ante el “aumento innecesario de la carga burocrática en las clínicas”
Piden reducir las cargas burocráticas de los fármacos veterinarios
El Consejo Valenciano de Colegios Veterinarios ha trasladado a la Dirección General de Farmacia la necesidad de flexibilizar la regulación valenciana de medicamentos ante el “aumento innecesario de la carga burocrática en las clínicas”
Fernando Núñez Benítez - 26-11-2018 - 12:00 H - min.
El Consejo Valenciano de Colegios Veterinarios (CVCV) quiere flexibilizar la regulación del medicamento veterinario. Por ello, se han reunido con responsables de la Dirección General de Farmacia.
A la cita en las dependencias de la Consejería de Sanidad acudió la presidenta del CVCV, Inmaculada Ibor, Martín José Molina, del Colegio de Valencia y Javier Balado (del de Castellón, Covetcas). La reunión sirvió para trasladar la necesidad de adecuar la legislación autonómica, más restrictiva, a la nacional, ya que supone un “aumento innecesario de la carga burocrática en las clínicas”. Junto a ello, la representación colegial alcanzó un acuerdo para que sea el propio CVCV el que solicite la autorización para validar ante la Administración el software que ofrece para la gestión de recetas electrónicas, Recetas 2.0, y evitar así que los colegiados asuman el pago de tasas.
SITUACIONES EN QUÉ OCURRE LA PROBLEMÁTICA
Desde el CVCV explican que uno de los problemas sucede en los registros. “En el ámbito nacional, el RD 109/ 1995 especifica que los medicamentos con prescripción deberán ser recogidos en un registro con una cierta información sólo en el caso de los animales de abasto y se aclara que los veterinarios que atienden a mascotas podrán sustituir dichos registros por las fichas clínicas siempre que en ellas se haga constar los tratamientos”.
Por su parte, la regulación valenciana es más restrictiva y exige que el seguimiento de los medicamentos se lleve a cabo a través de cuatro libros: estupefacientes, psicótropos, prescripción excepcional por vacío terapéutico, de uso hospitalario y envase clínico de humana.
El CVCV insiste en que, para “simplificar” la gestión de la clínica y asegurar la trazabilidad bastaría con presentar los historiales, en formato digital o físico.
Además, señalan que tampoco se guarda coherencia entre ambas leyes en lo referente a los periodos de conservación de los documentos sobre la gestión de los medicamentos. En el Real Decreto nacional sólo se especifica la obligatoriedad de almacenar durante 5 años y la normativa autonómica obliga a conservar 3 años los vales de uso hospitalario y envase clínico de humana y 5 el resto de medicamentos. A juicio del CVCV convendría pues armonizar los años exigidos.
Por último y con la intención de diferenciar la comunicación del alta de depósitos de medicamentos dependiendo del uso de los mismos en animales de abasto o en los de compañia, la entidad colegial ha instado a la DG de Farmacia a que el modelo oficial para hacer tal cosa se modifique para incluir ese dato. Este cambio facilitaría el control de los botiquines tanto a la Administración competente como a los colegios profesionales.