JUEVES, 28 de marzo 2024

JUE, 28/3/2024

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Nuevo Estatuto del Organismo Autónomo de la Aesan

Con este nuevo estatuto se refuerza la estructura de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, dotándola de los medios necesarios para afrontar con éxito los desafíos pendientes

Isabel Peña-Rey, directora ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.
Isabel Peña-Rey, directora ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.

Nuevo Estatuto del Organismo Autónomo de la Aesan

Con este nuevo estatuto se refuerza la estructura de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, dotándola de los medios necesarios para afrontar con éxito los desafíos pendientes

Redacción - 24-08-2022 - 10:23 H - min.

Tras la aprobación del Real Decreto 495/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Consumo y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición ha quedado adscrita al Ministerio de Consumo a través de la Secretaría General de Consumo y Juego.

La disposición adicional cuarta de este real decreto prevé que en el plazo de dieciocho meses desde su entrada en vigor se apruebe el Estatuto de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan).

Este nuevo Estatuto de la Aesan OA, publicado en el Boletín Oficial del Estadorefuerza la estructura de la Agencia dotándola de los medios necesarios para afrontar desafíos tales como las crisis de seguridad alimentaria que pudieran sucederse, las consecuencias que el cambio climático está teniendo en la alimentación o el aumento de la obesidad que en España ya es un problema de salud pública de primer orden.

A este respecto, se refuerza la estructura del organismo autónomo creando una nueva subdirección general de nutrición, que surge del trabajo desempeñado y los recursos de la Vocalía asesora para la Estrategia NAOS, con el fin de promover una alimentación segura, saludable y sostenible para todas las personas.

Asimismo, se modifica la adscripción de los Laboratorios dependientes de Aesan (Centro Nacional de Alimentación y Laboratorio de Biotoxinas Marinas) a la Subdirección encargada del control oficial y alertas, para reforzar sus funciones.

En cuanto a los órganos de la Aesan OA, el nuevo estatuto procede al cambio de denominación del anterior Consejo de Dirección que pasa a llamarse Consejo Rector, alineando así a la Agencia con la denominación del resto de máximos órganos rectores de los organismos públicos establecida en la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

Se modifica también su composición formada exclusivamente por representantes de la Administración General del Estado a quien entre otras funciones corresponderá establecer las líneas generales de actuación de la Agencia.

Además, se ha adaptado el número de sus miembros a lo establecido en la Orden de 6 de junio de 2021, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, dictada en desarrollo del Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público y empresarial y otras entidades.

Se refuerza, asimismo, el papel de Consejo Consultivo, como órgano de asesoramiento que canaliza la participación de la sociedad en asuntos relacionados con la seguridad alimentaria y la nutrición, ampliando sus funciones y el número de reuniones anuales.

Se modifica, también el Real Decreto 993/2014, de 28 de noviembre, por el que se establece el procedimiento y los requisitos de la certificación veterinaria oficial para la exportación, para adecuar la referencia a la Presidencia del Comité de Certificación Veterinaria para la exportación, dependiente de la Comisión Institucional de la Agencia, al régimen de las vicepresidencias del nuevo Consejo Rector.

Asimismo, se modifica el Real Decreto 44/2021, de 26 de enero, por el que se crea la Comisión de Coordinación entre el Ministerio de Consumo, el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en relación con la Agencia, con la finalidad de adecuar el régimen de constitución de comités técnicos y grupos de trabajo, con la participación de los ministerios ya citados, para el análisis de temas específicos dentro del ámbito de actuación de la Agencia.

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