El Gobierno ha aclarado que los paseos y actividad física permitidos durante la fase 0 del plan de desescalada pueden incluir a perros, y señala que la apertura de tiendas de animales, criaderos y protectoras tendrá que esperar a la fase I
¿Qué novedades para los animales incluye la fase cero de la desescalada?
El Gobierno ha aclarado que los paseos y actividad física permitidos durante la fase 0 del plan de desescalada pueden incluir a perros, y señala que la apertura de tiendas de animales, criaderos y protectoras tendrá que esperar a la fase I
Redacción - 04-05-2020 - 14:48 H - min.
El pasado martes el Consejo de Ministros aprobaba el ‘Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad’, que establecía los principales parámetros e instrumentos para la desescalada de las medidas de confinamiento que se habían tomado en España desde el 14 de marzo.
En rueda de prensa, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, explicó a grandes rasgos el plan, que contará con cuatro fases: la 0, la I, la II y la III, previas a conseguir la última, la de la nueva normalidad.
A lo largo de la semana se fueron desgranando algunas de las medidas para ir suavizando el confinamiento, siendo la principal novedad la que permite realizar deporte y salir a pasear en distintas franjas horarias para adultos, ancianos y niños acompañados a partir del día 2 de mayo.
Asimismo, este fin de semana se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden del Ministerio de Sanidad que detalla y registra oficialmente algunas de las cosas que se podrán hacer durante la fase 0, que comienza oficialmente este lunes.
Dentro de las actividades permitidas están los paseos, que deberán realizarse de forma individual o acompañados de un conviviente habitual en las franjas horarias preestablecidas. Estas son de 6 a 10 horas y de 20 a 23 para mayores de 14 años; de 10 a 12 y de 19 a 20 para mayores de 70 o dependientes; y de 12 a 19 para menores.
Además, el Ministerio de Sanidad confirma en un documento de preguntas y respuestas que sacar a pasear al perro es una actividad permitida durante el estado de alarma en paseos cortos para cubrir sus necesidades fisiológicas, sin contacto con otros animales o personas y priorizando los horarios de menor afluencia. Por tanto, siempre que se realice en la correspondiente franja horaria, dos convivientes podrán pasear con su perro.
En este sentido, la Dirección General de Derechos de los Animales ha compartido también algunos consejos para el paseo de animales durante esta nueva fase. Así, recuerda que no será más de un paseo al día y a un máximo de un kilómetro del domicilio.
Asimismo, recuerda que también se puede salir a correr con el perro, aunque de forma individual, o en la salida permitida con niños. En estos casos también con un máximo de una salida al día y sin contacto con terceros. Además, recuerdan que estas salidas no sustituyen a los paseos para cubrir las necesidades fisiológicas.
Por otro lado, el Boletín Oficial del Estado señala que durante la fase 0 se podrán abrir algunos establecimientos del comercio minorista y de servicios profesionales que garanticen “el cumplimiento de una serie de condiciones que permitirán compatibilizar esta reapertura con las medidas higiénicas adecuadas para la protección de la salud y la seguridad de los ciudadanos y de los trabajadores, evitando así un repunte de la enfermedad”.
Sobre este asunto, el Ministerio de Sanidad ha aclarado en el documento de preguntas y respuestas que la apertura de locales de venta o adopción de animales entran dentro de las actividades agroalimentarias no esenciales, por lo que abrirán en la fase I. En este grupo incluye por tanto la venta de animales vivos para compañía, en tiendas minoristas y criaderos, así como la adopción de animales en centros de protección animal. La entrada en la fase I variará por zonas según la evolución de la pandemia.
En este sentido, las clínicas veterinarias y los establecimientos de venta de alimentos para animales seguirán abiertos como lo han venido estando hasta ahora, pues son considerados servicios esenciales.
Por otro lado, en esta fase 0 se incluyen también medidas para flexibilizar la actividad deportiva de deportistas profesionales y federados. En este caso, señalan que si los deportistas federados realizan su actividad con un animal, se podrá realizar la práctica al aire libre, de manera individualizada, en el lugar donde estos permanezcan y mediante cita previa.