JUEVES, 25 de abril 2024

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PROFESIONALES

La Organización Colegial Veterinaria regula su sistema de ayudas

El pasado mes de enero entró en vigor un texto que regula la concesión de ayudas y subvenciones por parte de la corporación colegial

Juan José Badiola es el presidente de la Organización Colegial Veterinaria
Juan José Badiola es el presidente de la Organización Colegial Veterinaria

La Organización Colegial Veterinaria regula su sistema de ayudas

El pasado mes de enero entró en vigor un texto que regula la concesión de ayudas y subvenciones por parte de la corporación colegial

Ángel Espínola - 02-05-2018 - 14:00 H - min.

Desde el mes de enero de 2018, el Consejo General de Veterinarios de España dispone de una normativa específica que regula las ayudas y subvenciones a entidades relacionadas con la profesión, que la corporación incluye cada año en sus presupuestos (en 2016 destinó más de 36.000 euros, y el año anterior más de 50.000).

Según el texto, entre los posibles beneficiarios de estas ayudas se encuentran las facultades de Veterinaria y los propios colectivos de estudiantes. Además, también podrán aspirar a las mismas los colegios de veterinarios, asociaciones o incluso organizaciones no gubernamentales relacionadas con la profesión.

La corporación colegial ya anuncia en su normativa que, para la concesión de alguna de estas ayudas, valorará aspectos como que las solicitudes se destinen a actividades de solidaridad o que la actividad objeto de la ayuda o subvención “colabore en el desarrollo sociolaboral de los profesionales veterinarios y estudiantes de Veterinaria”.

Por otra parte, el texto de la normativa también explica con detalle el procedimiento para poder optar a algunas de las subvenciones económicas (han de solicitarse con al menos un mes de antelación al inicio de la actividad en cuestión), así como los plazos con los que se decidirá la asignación de las ayudas, para lo que habrá dos sesiones al año, por parte de la Junta Ejecutiva colegial.

Como obligaciones para los beneficiarios, además, la organización detalla la necesidad de incluir el emblema de la Organización Colegial Veterinaria Española en la documentación relativa a la actividad, así como presentar un documento de memoria de la acción, “en el plazo de un mes tras la realización de la misma”.

Por último, y en caso de que no se cumplan los requisitos, la corporación se guarda el derecho de reclamar el reintegro de la ayuda por parte de la persona o entidad correspondiente. En este caso, además, no se podrá aspirar a una nueva ayuda en el plazo de dos años, según indica la normativa.

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