MARTES, 5 de noviembre 2024

MAR, 5/11/2024

PROFESIONALES

La Justicia condena a tres personas por “descalificaciones injuriosas” a una veterinaria en Facebook

La veterinaria recibió críticas en la red social que denunciaban una total dejación de sus funciones ante un animal en sufrimiento, afirmando que su actuación profesional constituía maltrato animal

En la sentencia tiene una gran importancia en los fundamentos de derecho la libertad de expresión y el derecho al honor.
En la sentencia tiene una gran importancia en los fundamentos de derecho la libertad de expresión y el derecho al honor.

La Justicia condena a tres personas por “descalificaciones injuriosas” a una veterinaria en Facebook

La veterinaria recibió críticas en la red social que denunciaban una total dejación de sus funciones ante un animal en sufrimiento, afirmando que su actuación profesional constituía maltrato animal

Alfonso Neira de Urbina - 30-10-2024 - 12:45 H - min.

La Audiencia Provincial Sección 2 de Santander ha dictado sentencia sobre un recurso de apelación de una veterinaria a la que se le se puso en tela de juicio su buen hacer profesional y se la acusó de maltrato animal, por parte de tres personas en la red social Facebook.

La veterinaria ha ganado este caso de gran trascendencia a la hora de marcar los limites entre el derecho a la libertad de expresión y al honor.

En este sentido, la Audiencia hace un repaso de las distintas manifestaciones y actos que realizaron las demandadas. Así, señala que “resulta indiscutido” que una de las demandadas realizó una serie de afirmaciones en Facebook sobre la intervención de la veterinaria a un perro: "para su sorpresa la veterinaria se niega a darle asistencia porque la dueña del animal que es amiga suya está de camino"; "el animal agoniza durante 40 minutos ante la angustia y suplicas de la asistente de la chica", "ante la total pasividad de la veterinaria".

También se instó a la recogida de firmas tras el suceso con la siguiente afirmación: "ayúdanos a conseguir firmas por favor, ayúdanos a que no quede en un perrito más que ha sufrido y muerto por la falta de empatía de seres sin corazón".

Otra de las demandadas, recoge la sentencia, en las mismas circunstancias calificó la intervención de la veterinaria como "un terrible caso de maltrato animal"; "se van a cagar"; "tú que tendrás mía retrasada dile a tu amiguita k van air a por ella y a por su amiga la dueña y las voy a hundir por hijas de puta".

Además, otra de ellas escribió en la red social en distintas frases que la veterinaria "se negó a atender al perro" pese a sus insistencias, que dejó al perro agonizando durante 40 minutos, que "le dejó sufrir y no quiso q nos hiciéramos cargo del perro"; "que la reacción de la veterinaria desde el minuto uno era muy malo y muy oscuro todo. Si era su deber ya que tiene urgencias y la llamé a su número de urgencias. K pena que se defienda este terrible maltrato y una veterinaria k lo tapa todo"; "se me negó su asistencia estaba de urgencia que es el servicio k tiene esa veterinaria sino allí no hubiese ido"; "la veterinaria colgó al teléfono de Elisenda negándose a atender un perro sin chip supurando pus y agonizando".

LOS COMENTARIOS "EXCEDEN LO ADMISIBLE"

A este respecto, en la resolución recurrida se indica que los comentarios publicados por las demandadas constituyen una crítica a la actuación profesional de la demandante en un caso concreto cuestionándola por retraso y falta de atención ante el perro.

Sin embargo, a juicio de la Sala de la Audiencia “tales comentarios exceden de lo admisible en una crítica de una actuación profesional por contener descalificaciones injuriosas o innecesarias, y no otra cosa puede afirmarse de las expresiones ‘se negó a darle asistencia o total pasividad de la veterinaria’; ‘es un caso de maltrato animal’ o ‘dueña y veterinaria son una hijas de puta’; ‘la veterinaria se negó a atender al perro, le dejó sufrir’”.

De esta manera, apunta que no se trata de una crítica sobre el diagnóstico que pudiera haber hecho la actora en su condición de veterinaria de urgencias, sino que se afirma una total dejación de sus funciones ante un animal en sufrimiento, afirmando que la actuación profesional de una veterinaria constituye maltrato animal.

Esto, remarca la sentencia, “obviamente constituye un absoluto descrédito profesional, una afirmación de falta de probidad y ética en el ejercicio de la profesión veterinaria, acompañado en algún caso de un insulto en toda la extensión del término "hijas de puta" que resulta absolutamente gratuito”.

Por todo ello, la Audiencia Provincial ha fallado que estima parcialmente el recurso de apelación y declara que las manifestaciones efectuadas en Facebook sobre la actuación de la veterinaria constituyen “una intromisión ilegítima en el derecho al honor de la demandante”, condenado a las demandadas a cesar en dicha intromisión, a autorizar o retirar los comentarios y a que indemnicen a la veterinaria con 1.000 € cada una de ellas.

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