JUEVES, 25 de abril 2024

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PROFESIONALES

Una guía para ayudar a los veterinarios frente a las reclamaciones

El Colegio de Veterinarios de Valencia ha elaborado una guía que explica los pasos que deben seguir los profesionales ante una queja deontológica o una reclamación judicial

Inmaculada Ibor, presidenta del Colegio de Veterinarios de Valencia.
Inmaculada Ibor, presidenta del Colegio de Veterinarios de Valencia.

Una guía para ayudar a los veterinarios frente a las reclamaciones

El Colegio de Veterinarios de Valencia ha elaborado una guía que explica los pasos que deben seguir los profesionales ante una queja deontológica o una reclamación judicial

Redacción - 01-02-2021 - 11:06 H - min.

El Colegio de Veterinarios de Valencia (ICOVV) ha editado una breve guía para aclarar conceptos y para determinar los pasos que se siguen ante una queja deontológica o una reclamación judicial.

“Los veterinarios no suelen reparar en ello hasta que les toca. Se sabe que esa circunstancia está ahí, que a lo largo de una carrera profesional en algún momento se afrontará”, apuntan desde el ICOVV.

En este sentido, el colegio aclara los conceptos y detalla qué pasos se han de cubrir, según sea el caso en su guía que han titulado ‘¿Cómo actuar ante una reclamación?’.

El prólogo empieza señalando cuál es la primera función de la entidad colegial: “Tiene como finalidad esencial vigilar el ejercicio de la profesión (…) haciendo cumplir la ética profesional y normas deontológicas”.

Las páginas siguientes se dedican a resolver dudas conceptuales a través de la fórmula pregunta-respuesta. Así, se introduce una primera diferenciación elemental: la reclamación deontológica, basada en el código colegial y cuyas faltas y sanciones vienen recogidas en los estatutos, versus la reclamación judicial —que puede seguir la vía civil o penal—.

Asimismo, se informa también de las funciones del seguro de responsabilidad civil (RC), que es obligatorio, no cubre las sanciones deontológicas (pero sí las indemnizaciones derivadas de un eventual daño causado por el servicio veterinario) y que tiene coberturas determinadas en la póliza colectiva que el ICOVV tiene contratado.

Diferencias entre reclamacion deontologica y judicial

A continuación, la guía entra al detalle de los pasos a cubrir ante una reclamación deontológica. En primer lugar recomienda la presentación de la queja por formulario con todas las pruebas posibles; posteriormente el expediente se traslada al vocal de la sección deontológica, que lo estudia para cursarlo o no.

En tercer lugar, en caso de darse indicios, el ICOVV envía al denunciado las diligencias informativas y le pide que aporte pruebas (alegaciones) para defenderse; más tarde, la Comisión Deontológica analiza todo ello y presenta un informe; por su parte, la Junta de Gobierno atiende al mismo y decide abrir o no expediente.

De esta manera, en caso de no hacerlo se comunica al afectado el archivo; y en caso de abrirlo se informa al veterinario (de la incoación) y se nombra un instructor, quien propondrá una resolución según el tipo de falta (leve, grave o muy grave).

Durante este periodo, el denunciado puede solicitar práctica de prueba y realizar alegaciones en su defensa. Así, el ICOVV comunica la propuesta de resolución al denunciado y éste tiene 15 días para alegar; tras ello, la Junta emite resolución y la comunica al veterinario. Por último, el denunciado puede recurrir al CVCV en el plazo de un mes y éste emitirá una resolución.

El caso de una reclamación judicial se concreta en varias fases, primero el juzgado comunica al afectado la denuncia; después el denunciado debe contactar con el ICOVV para asesorarle y comunicarlo al seguro de RC; en tercer lugar se ha de cumplimentar el formulario de siniestros para el seguro y enviarlo al ICOVV junto a la denuncia y las alegaciones en su defensa.

Posteriormente, el ICOVV manda a la aseguradora toda la documentación y esta puede valorar un acuerdo extrajudicial o ir a juicio; por último la correduría de seguros se pondrá en contacto con las partes para informar de la resolución.

ACCEDE A LA GUÍA SOBRE CÓMO ACTUAR FRENTE A RECLAMACIONES

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