DOMINGO, 16 de marzo 2025

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Gripe aviar: El BOE publica la orden para reforzar la bioseguridad

El Ministerio de Agricultura ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la actualización de las medidas contra la gripe aviar, donde se contempla el refuerzo de la bioseguridad, dado el avance de la enfermedad

Fachada del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Fachada del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Gripe aviar: El BOE publica la orden para reforzar la bioseguridad

El Ministerio de Agricultura ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la actualización de las medidas contra la gripe aviar, donde se contempla el refuerzo de la bioseguridad, dado el avance de la enfermedad

Redacción - 20-01-2021 - 08:52 H - min.

El pasado 21 de diciembre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) sacó a consulta pública el proyecto de una Orden para endurecer las medidas específicas de protección en relación con la influenza aviar, a efectos de recabar la opinión de los ciudadanos, así como de las organizaciones representativas del sector.

En este sentido, el MAPA señaló que dada la urgencia en la tramitación de este proyecto, en función de la situación epidemiológica de la enfermedad, se abreviaba el plazo para remitir sugerencias a 7 días, finalizando el pasado 5 de enero.

Ahora, este miércoles 20 de enero se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden APA/19/2021, de 18 de enero, por la que se modifica la Orden APA/2442/2006, de 27 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la influenza aviar.

El objetivo principal de esta modificación es el de reforzar la bioseguridad, no sólo en las zonas de especial riesgo (Anexo II de la citada orden) sino también en los lugares de especial vigilancia (Anexo III), a tenor de la situación epidemiológica actual de la enfermedad en Europa.

Asimismo, el ministerio considera necesario incorporar la posibilidad de aplicar medidas más restrictivas, a nivel regional, si así lo determina la autoridad competente en base al análisis de riesgo realizado a este nivel.

De igual forma, se modifican los anexos I, II y III de la Orden de 2006, con objeto de actualizar los humedales y territorios incluidos en las zonas de especial riesgo y de especial vigilancia.

MEDIDAS DE PROTECCIÓN

La Orden APA/2442/2006, de 27 de julio, regula las medidas de prevención, seguimiento y control de esta enfermedad animal, incluyendo el establecimiento de ciertas medidas de bioseguridad en las denominadas zonas de especial riesgo y de especial vigilancia.

Después de varios años de estabilidad epidemiológica, desde julio de 2020 ha aumentado la circulación del virus de la gripe aviar en aves de corral domésticas y aves silvestres, que comenzó en el sur de Rusia y Kazajistán. En base a la experiencia de olas epidémicas anteriores (2005-2006 y 2016-2017), esta situación conlleva un aumento del riesgo de difusión del virus hacia zonas de Europa septentrional y oriental, por el movimiento de aves migratorias hacia zonas más cálidas en invierno.

La circulación cíclica del virus en forma de olas epidémicas, la situación geográfica de España respecto a las rutas de aves migratorias hibernantes del norte de Europa y la presencia de humedales con abundancia de aves silvestres migratorias, hacen necesaria la actualización periódica de la Orden. La última modificación de esta norma se produjo en marzo de 2017.

De esta forma, se da la posibilidad de incorporar medidas de bioseguridad adicionales, en base a un análisis del riesgo de introducción y circulación del virus de la influenza aviar en España cuando por la situación epidemiológica así se requiera. La Orden, entrará en vigor el día 21 de enero de 2020.

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    El objetivo principal es el de reforzar la bioseguridad

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