La Xunta de Galicia ha publicado en su boletín oficial el Decreto que entrará en vigor en 20 días naturales
Galicia publica el Decreto para que los veterinarios tengan acceso a medicamentos humanos de uso hospitalario
La Xunta de Galicia ha publicado en su boletín oficial el Decreto que entrará en vigor en 20 días naturales
Jorge Jiménez - 11-03-2024 - 11:00 H - min.
En el mes de abril de 2023, Animal’s Health hacía pública la petición del Colegio de Veterinarios de Pontevedra, que exigía a la Xunta de Galicia que tomara medidas para establecer un procedimiento para que las farmacias de la región dispensaran medicamentos de uso hospitalario a las clínicas veterinarias.
Y es que, con anterioridad, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia había condenado a la Xunta a desarrollar estas medidas. Concretamente, los veterinarios lamentaban que, en España, no se dispone de algunos principios activos de medicamentos para tratar determinadas patologías en veterinaria, por lo que los profesionales tienen que acudir a fármacos de uso humano.
Por su parte, desde la Consejería de Sanidad de Galicia anunciaron el pasado mes de agosto que iniciaban la tramitación de un proyecto de Decreto para que los veterinarios tengan acceso a medicamentos humanos de uso hospitalario.
Ahora, este lunes 11 de marzo la Xunta de Galicia ha publicado finalmente el Decreto, que entrará en vigor en 20 días naturales, tras su publicación en el Boletín Oficial de Galicia.
El Decreto, según señalan desde la Xunta, tiene por objeto regular las actividades relacionadas con los medicamentos veterinarios, incluidos los que se administran mediante piensos medicamentosos en las zonas de distribución; dispensa; producción de autovacunas, fórmulas magistrales y preparados oficiales; prescripción y uso por profesionales veterinarios; uso y manejo por parte de las personas poseedoras o responsables de los animales; uso racional de medicamentos veterinarios; venta de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción médica, y transmisión electrónica a la autoridad competente de los datos de prescripciones de medicamentos veterinarios antibióticos, para lo cual se crea la base de datos Sistema Informático Central de Control de Prescripciones Veterinarias de Antibióticos (Presvet).
Asimismo, se explica que existen determinados medicamentos de uso exclusivamente hospitalario autorizados como medicamentos de uso humano con los que se debe extremar la precaución y la prevención, tanto en su manipulación, uso y administración, como en su gestión y eliminación.
Se trata de agentes antineoplásicos e inmunomoduladores, incluidos en el grupo L de la lista de principios activos por grupos ATC establecida por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) y medicamentos que tienen autorizadas en sus fichas técnicas unas condiciones específicas de almacenamiento, manipulación y eliminación de residuos que exigen hospitales y veterinarios.
“Las clínicas cuentan con instalaciones o equipos específicos y personal debidamente capacitado, en cuyo caso se requiere que la clínica u hospital veterinario que pretenda utilizarlas haya obtenido previamente la correspondiente autorización otorgada por el Ministerio de Sanidad competente, como es necesario aquí para realizar un control previo o cumplimiento ex ante de determinados requisitos por parte del establecimiento veterinario, dado que sólo así se puede garantizar que el uso y administración de dichos medicamentos se realiza en condiciones óptimas de seguridad, tanto para la salud humana como para la salud animal”, señalan desde la Xunta.
Por otro lado, el decreto también incluye las condiciones que deben cumplir las clínicas y hospitales veterinarios en los que se deban administrar medicamentos antineoplásicos e inmunosupresores o aquellos que hayan autorizado en sus fichas técnicas algunas condiciones específicas para el almacenamiento, manipulación y eliminación de residuos, así como las facultades de inspección que ostentan las distintas Administraciones con competencias en la materia y las responsabilidades de los sujetos que intervienen en los distintos procedimientos regulados.