Se pretende adaptar la normativa nacional a la nueva Directiva Delegada en lo relativo a los requisitos de los establecimientos, el alojamiento y cuidado de los animales, así como a los métodos de sacrificio
España actualiza las normas para la protección de los animales utilizados en experimentación científica
Se pretende adaptar la normativa nacional a la nueva Directiva Delegada en lo relativo a los requisitos de los establecimientos, el alojamiento y cuidado de los animales, así como a los métodos de sacrificio
Redacción -
04-12-2025 - 08:33 H -
min.
El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha publicado este jueves el Real Decreto 1083/2025 que modifica el Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia.
Este cambio adapta la normativa nacional a la nueva Directiva Delegada (UE) 2024/1262 de la Comisión, que modifica la Directiva 2010/63/UE en lo relativo a los requisitos de los establecimientos, el alojamiento y cuidado de los animales, así como a los métodos de sacrificio.
La reforma del reglamento, explican, responde a los nuevos conocimientos científicos adquiridos desde la publicación del real decreto en 2013, especialmente en relación con las necesidades de bienestar de aves paseriformes, cefalópodos y peces cebra mantenidos en cautividad.
“Estos avances hacen necesaria la adaptación de la normativa vigente e implican incorporar determinados requisitos también al conjunto de las especies acuáticas y a todos los animales objeto de experimentación. Asimismo, se han obtenido nuevas pruebas científicas en materia de eutanasia, lo que exige revisar los métodos permitidos para minimizar el dolor, el sufrimiento y la angustia”, señalan desde el ministerio.
En consecuencia, se prevé la modificación de los anexos II y III del Real Decreto 53/2013, con el fin de garantizar condiciones adecuadas de alojamiento, entorno y cuidados, y asegurar que los procedimientos de eutanasia se realicen conforme a los criterios actualizados de bienestar animal. Paralelamente, la experiencia acumulada en la aplicación de la norma, según el Ministerio, “ha evidenciado la necesidad de revisar diversos aspectos administrativos y organizativos, así como de actualizar la nomenclatura empleada”.
“Los resultados obtenidos en otros ámbitos donde existe un programa nacional de control oficial han mostrado los beneficios de este instrumento. Por ello, la nueva regulación contempla su implantación también en el campo de la protección de los animales utilizados para fines científicos, con el objetivo de mejorar la elaboración de los informes que deben remitirse a la Comisión Europea y facilitar el cumplimiento de las obligaciones de España ante la Unión Europea”, añaden.
El real decreto también determina la designación de los puntos de contacto previstos en la Directiva 2010/63/UE. El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades será el responsable del asesoramiento sobre la pertinencia normativa y los planteamientos alternativos propuestos para su validación. Por su parte, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación actuará como punto de contacto para el cumplimiento del propio real decreto.
Además, la actualización normativa concreta las condiciones necesarias para designar a los órganos encargados de la evaluación de proyectos, con el fin de asegurar que estas entidades actúen sin conflicto de intereses y dispongan de los conocimientos técnicos necesarios. También se modifica la composición del Comité Español para la Protección de Animales Utilizados con Fines Científicos (Cepafic), con el objetivo de incorporar nuevos representantes del sector y simplificar su proceso de designación.