SÁBADO, 11 de julio 2026

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PROFESIONALES

¿Cómo es el nuevo Certificado Profesional en Asistencia Clínica en Centros Veterinarios?: Los requisitos para obtenerlo

El Real Decreto detalla la duración, los módulos, las competencias y las condiciones de acceso del nuevo Certificado Profesional en Asistencia Clínica en Centros Veterinarios, que entrará en vigor el 9 de julio

Con este desarrollo normativo, el Gobierno concreta una formación largamente esperada por parte del sector veterinario.
Con este desarrollo normativo, el Gobierno concreta una formación largamente esperada por parte del sector veterinario.

¿Cómo es el nuevo Certificado Profesional en Asistencia Clínica en Centros Veterinarios?: Los requisitos para obtenerlo

El Real Decreto detalla la duración, los módulos, las competencias y las condiciones de acceso del nuevo Certificado Profesional en Asistencia Clínica en Centros Veterinarios, que entrará en vigor el 9 de julio

Francisco Ramón López - 23-06-2026 - 13:26 H - min.

El nuevo Certificado Profesional en Asistencia Clínica en Centros Veterinarios ya cuenta con un desarrollo normativo oficial. Tras su aprobación por el Consejo de Ministros la pasada semana y su publicación en el Boletín Oficial del Estado el viernes 19 de junio, el Real Decreto 489/2026 concreta cómo será esta nueva formación oficial dirigida al personal de apoyo en clínicas, hospitales y otros centros veterinarios, que entrará en vigor el 9 de julio.

La principal novedad es que el texto ya fija el currículo de una acreditación que se integra en la familia profesional Agraria, tendrá nivel 3 y contará con una duración de 690 horas. El certificado profesional tendrá carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, y se configura como una oferta de Grado C dentro del Sistema de Formación Profesional.

Esto significa que el Grado C será la formación completa que permitirá obtener el Certificado Profesional en Asistencia Clínica en Centros Veterinarios. No obstante, el Real Decreto también desarrolla ofertas de menor alcance vinculadas a ese mismo itinerario: los Grados B, que dan lugar a certificados de competencia, y los Grados A, que permiten obtener acreditaciones parciales de competencia.

De esta forma, la formación podrá cursarse de manera modular y acumulable. Es decir, una persona podrá acreditar competencias concretas mediante grados A o B y, posteriormente, completar el itinerario hasta obtener el certificado profesional completo de Grado C.

Para acceder al certificado profesional completo, al tratarse de una oferta de Grado C de nivel 3, se exigirá contar con una titulación o acreditación previa, como el título de Técnico, Técnico Superior, Bachiller, otro certificado profesional de nivel 3, un certificado de competencia incluido en la oferta que se vaya a realizar o un certificado profesional de nivel 2 de la misma familia profesional.

En cambio, para cursar los certificados de competencia de Grado B y las acreditaciones parciales de Grado A no se exigirán requisitos académicos o profesionales de acceso. No obstante, la administración competente deberá comprobar previamente que las personas candidatas disponen de las habilidades comunicativas y básicas suficientes para seguir la formación con aprovechamiento, con la precisión de que, en el caso del Grado B, se tendrán en cuenta también las habilidades personales y sociales básicas y el idioma de la formación.

La formación podrá ofertarse en modalidad presencial, semipresencial o virtual, siempre que se garantice la adquisición de los resultados de aprendizaje previstos. Además, el certificado incorporará un periodo de formación en empresa u organismo equiparado.

APOYO TÉCNICO EN LA ATENCIÓN CLÍNICA DE LOS ANIMALES

Según recoge la norma, la competencia general de este certificado consistirá en atender a la clientela en centros veterinarios y realizar funciones de apoyo técnico y auxiliar en la atención clínica de los animales en la consulta, el quirófano, la hospitalización, los procedimientos de imagen para el diagnóstico y el laboratorio de análisis. Estas funciones deberán desarrollarse de acuerdo con los protocolos del centro y bajo indicación o supervisión del personal veterinario facultativo cuando proceda.

El currículo se estructura en siete módulos profesionales. El de mayor duración será Cuidados auxiliares de veterinaria, con 210 horas. Le seguirán Análisis de muestras biológicas animales y Apoyo en el quirófano de centros veterinarios, ambos con 120 horas; Atención en la hospitalización de animales, con 90 horas; Atención al cliente y gestión en centros veterinarios, con 60 horas; Asistencia en los procedimientos de imagen para el diagnóstico en centros veterinarios, también con 60 horas; y Prevención de riesgos laborales, con 30 horas.

De esta forma, la formación no se limitará a las tareas de recepción o atención al cliente, sino que abarcará aspectos directamente vinculados con la práctica diaria de los centros veterinarios, como la preparación de consultas, el manejo de muestras biológicas, la asistencia en pruebas diagnósticas, la preparación del quirófano, el apoyo durante intervenciones, la atención de animales hospitalizados y la colaboración en radiografías, ecografías y endoscopias.

FORMACIÓN PARA FUNCIONES EN LABORATORIO Y CLÍNICA

En el ámbito del laboratorio, el certificado incluirá contenidos relacionados con la recogida y preparación de muestras biológicas, análisis hematológicos y bioquímicos, procesamiento de muestras de orina, heces y otras muestras, así como medidas de bioseguridad, prevención de riesgos laborales y gestión de residuos biológicos.

En cuanto al bloque clínico, los alumnos deberán adquirir conocimientos sobre características anatómicas y fisiológicas de los animales de compañía, patologías frecuentes, preparación de la consulta, asistencia al personal veterinario en pruebas diagnósticas y tratamientos, actualización de historiales clínicos y cumplimiento de la normativa de bienestar animal.

El módulo de quirófano abordará, entre otros aspectos, la preparación del área quirúrgica, el material necesario para las intervenciones, la asistencia en anestesia, la colaboración durante cirugías, los protocolos de urgencia y emergencia y los procedimientos de limpieza, desinfección y esterilización del material quirúrgico.

La hospitalización será otro de los ámbitos incluidos en el certificado. En este apartado, la formación contempla la adecuación higiénico-sanitaria de la zona de hospitalización, la organización de los alojamientos según las necesidades de los animales, la alimentación de pacientes hospitalizados y la vigilancia de su estado de salud, siempre en colaboración con el personal veterinario.

EL CERTIFICADO NO CONSTITUYE UNA PROFESIÓN REGULADA

El Real Decreto también define el entorno profesional en el que podrán ejercer quienes obtengan el certificado. Entre los puestos de trabajo más relevantes se incluyen ayudantes de veterinaria en clínicas veterinarias, hospitales veterinarios, centros de recuperación de animales, centros de protección animal, centros de cría y reproducción, facultades, centros de investigación animal u otras entidades con instalaciones veterinarias en funciones compatibles con este perfil.

No obstante, la norma introduce una precisión relevante: el certificado profesional y las ofertas de grados B y A asociadas “no constituyen una regulación del ejercicio de profesión regulada alguna”. Es decir, el texto establece una formación oficial y un marco curricular, pero no crea por sí mismo una profesión regulada ni modifica las competencias propias del personal veterinario facultativo.

Con este desarrollo normativo, el Gobierno concreta una formación largamente esperada por parte del sector veterinario, que venía reclamando una mayor definición de los itinerarios formativos del personal auxiliar y de apoyo en centros veterinarios. El nuevo certificado supone así un paso más en la profesionalización de estas funciones, al establecer un currículo oficial para actividades que forman parte del funcionamiento cotidiano de clínicas, hospitales y otros servicios veterinarios.

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