JUEVES, 18 de abril 2024

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PROFESIONALES

¿Cómo afecta la limitación de temperaturas en España a los centros veterinarios?

El Colegio de Veterinarios de Madrid explica cómo afectan las medidas de ahorro energético a las clínicas veterinarias en lo que respecta al ejercicio profesional clínico

La limitación depende de si cuentan con actividad de comercio al por menor de venta de productos para mascotas separada de la actividad clínica.
La limitación depende de si cuentan con actividad de comercio al por menor de venta de productos para mascotas separada de la actividad clínica.

¿Cómo afecta la limitación de temperaturas en España a los centros veterinarios?

El Colegio de Veterinarios de Madrid explica cómo afectan las medidas de ahorro energético a las clínicas veterinarias en lo que respecta al ejercicio profesional clínico

Redacción - 11-08-2022 - 09:07 H - min.

El pasado 2 de agosto el Gobierno de España publicaba el Real Decreto Ley de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural. Unas medidas que persiguen, según defiende el Ejecutivo, hacer frente a la actual crisis energética.

Las medidas contempladas en el Real Decreto Ley no entrarán en vigor en bloque, sino que lo harán de forma escalonada. Así, los primeros apartados del texto que se han hecho efectivos este 10 de agosto son aquellos que limitan la temperatura del aire en los recintos calefactados a 19ºC de máxima y la de los recintos refrigerados a 27ºC.

Asimismo, otro de los apartados que ha entrado en vigor ha sido el relacionado con el alumbrado de escaparates de los que se especifica que deberán mantenerse apagados desde las 22 horas.

Tras la aprobación de este Real Decreto Ley han sido múltiples los sectores de España a los que les han surgido dudas sobre la aplicación de las medidas recogidas en él.

Por ello, el Colegio de Veterinarios de Madrid (Colvema) ha publicado un documento en el que explica cómo afectan las medidas de limitación de temperatura a los centros veterinarios, en lo que respecta al ejercicio profesional clínico.

Colvema, señala que en el Real Decreto Ley se dispone que, por razones de ahorro energético, se limitarán las condiciones de temperatura en el interior de los establecimientos habitables que estén acondicionados, situados en los edificios y locales destinados a usos comerciales, administrativos, grandes almacenes y pública concurrencia.

En este sentido, el Colegio de Veterinarios de Madrid señala que, teniendo en cuenta que el Real Decreto no indica que las medidas de ahorro energético afecten a los centros de prestaciones profesionales, como son los centros clínicos veterinarios, dichas medidas de limitación de temperaturas no son de aplicación a los centros veterinarios, en lo que respecta al ejercicio profesional clínico.

Eso sí, subraya que sería una cuestión diferente si dichos centros veterinarios, además de la actividad profesional, cuentan con actividad de comercio al por menor de venta de productos para mascotas, separada e independiente de la actividad clínica. En este supuesto, tendrían que aplicarse las medidas dispuestas en el Real Decreto Ley, al tratarse de un uso comercial y sería respecto del local que estuviera destinado de forma separada a ese uso o actividad comercial.

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