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VIE, 29/3/2024

PROFESIONALES

Subrayan la importancia de la correcta emisión de documentos veterinarios

Tras la detención de dos veterinarios en una intervención relacionada con criaderos ilegales el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid recuerda la importancia en la correcta emisión de los documentos oficiales

Subrayan la importancia de la correcta emisión de documentos veterinarios

Subrayan la importancia de la correcta emisión de documentos veterinarios

Tras la detención de dos veterinarios en una intervención relacionada con criaderos ilegales el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid recuerda la importancia en la correcta emisión de los documentos oficiales

Redacción - 19-02-2020 - 11:25 H - min.

A raíz del caso de detención de dos veterinarios en una intervención de la Policía Nacional relacionada con dos criaderos ilegales de perros de razas Chihuahua y Pomerania, en las localidades de Meco y Arganda del Rey, el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid (Colvemarecuerda de nuevo la importancia en la correcta emisión de los documentos oficiales y las repercusiones y responsabilidades que se derivan de una incorrecta práctica, tanto en su cumplimentación como en la inexactitud de los datos que se recogen en los mismos, así como de su indebida custodia.

Para ello, se debe tener en cuenta que este tipo de documentos deberán cumplimentarse en su totalidad e irán suscritos por el veterinario que los emita con su correcta identificación. Este el caso de cartillas oficiales, certificado, etc.

Por otro lado, no pueden suscribirse documentos de este tipo sin que en los mismos se recojan todos los datos y demás circunstancias relativas a los animales para los que son expedidos.

También afirman desde Colvema que resulta inadmisible la emisión de los llamados “documentos en blanco”. En casos de estas características, que han sido objeto de denuncia ante el Colegio de Veterinarios, ha de señalarse que la responsabilidad por el hecho recae en el veterinario que suscribe los documentos y/o estampa su correspondiente sello.

Además, no pueden emitirse documentos con datos que no se ajusten a la realidad. La alteración de fechas, lugares, o cualquier otra circunstancia de obligado cumplimiento debe rechazarse en la práctica veterinaria por constituir una incorrecta praxis, que puede llegar incluso a tener incidencia en el orden penal.

CONSECUENCIAS PENALES DE UNA MALA PRAXIS

La comisión responsable las actuaciones descritas, con conocimiento de Colvema y de la Comisión Deontológica, dará lugar a la incoación del oportuno procedimiento disciplinario, al ser las mismas constitutivas de una infracción tipificada como grave, considerado el falseamiento o la inexactitud de la documentación profesional.

En estos casos se aplican las sanciones recogidas en el art. 71 de los Estatutos, sanciones que, en función de las circunstancias concurrentes en cada caso, se puede tratar de una amonestación pública, una multa de 1 a 5 cuotas anuales colegiales ordinarias o la suspensión en el ejercicio de la profesión en el ámbito del Colegio, entre un mes y un día y un año

Estas actuaciones pueden incluso llegar a constituir infracciones de orden penal al tipificarse como falsedad documental pública, en cuyo caso su conocimiento compete al orden jurisdiccional penal.

Respecto a la custodia de documentos oficiales, indican que la misma ha de llevarse a cabo de forma diligente y observando siempre las mínimas reglas que permitan garantizar un uso debido y apropiado de este tipo de documentos, bajo la estricta responsabilidad del veterinario.

No es admisible la derivación de responsabilidad hacia terceras personas por su uso fraudulento como consecuencia de una indebida custodia o una negligente guarda de los mismos, pues en el Colegio existe un estricto control en relación con la identificación de los veterinarios responsables de cada documento de tal forma que éstos pueden ser identificados en todo momento.  Por ello, para los supuestos de pérdida o sustracción es aconsejable la comunicación de este hecho a Colvema.

En cumplimiento de las funciones que tiene asignadas y en defensa de los intereses de la profesión y de los particulares, Colvema ha procedido a la tramitación de diversos procedimientos sancionadores, con la imposición de las sanciones que en cada caso han correspondido, según las circunstancias en que se han llevado a cabo la actuación de los veterinarios sancionados.

En todos estos casos, y con carácter previo a dicha incoación, desde la Comisión Deontológica, se procede a trasladar a los veterinarios denunciados quienes, en la mayoría de las ocasiones, vienen a poner de manifiesto su desconocimiento respecto a las obligaciones descritas, por lo que Colvema ha creído necesario recordarlas de nuevo, aunque es obligación de todo veterinario conocerlas, para llevar a cabo una correcta praxis profesional.

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