El Ministerio de Agricultura ha iniciado el proceso de audiencia pública del proyecto de real decreto que modificará el Real Decreto 370/2021 para aclarar el marco legal de los piensos medicamentosos en España
Los centros veterinarios de España podrán vender piensos medicamentosos para mascotas
El Ministerio de Agricultura ha iniciado el proceso de audiencia pública del proyecto de real decreto que modificará el Real Decreto 370/2021 para aclarar el marco legal de los piensos medicamentosos en España
Redacción -
18-03-2026 - 09:14 H -
min.
A principios de año, representantes del Ministerio de Agricultura y de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) mantuvieron una reunión con organizaciones del sector —entre ellas la Organización Colegial Veterinaria (OCV)— en la que se defendió que estos productos debían poder gestionarse y comercializarse preferentemente a través de los centros veterinarios, al considerar que ofrecen mayores garantías sanitarias, de prescripción y de trazabilidad.
Ahora, el Gobierno ha iniciado el procedimiento de audiencia pública del proyecto de real decreto que modificará el Real Decreto 370/2021, con el objetivo de clarificar el marco legal de los piensos medicamentosos y habilitar expresamente a los centros veterinarios para su comercialización en animales de compañía.
La norma responde a las dudas surgidas en la aplicación del actual marco regulatorio y busca reforzar la seguridad jurídica, alineando la normativa nacional con el Reglamento (UE) 2019/4 sobre piensos medicamentosos y el Reglamento (UE) 2019/6 sobre medicamentos veterinarios.
El nuevo texto establece que los piensos medicamentosos para mascotas solo podrán ser suministrados a los responsables de los animales por tres tipos de operadores: establecimientos detallistas autorizados para dispensar medicamentos veterinarios, establecimientos que ya comercialicen piensos medicamentosos para otras especies —previa comunicación— y, como principal novedad, centros veterinarios que hayan comunicado previamente el inicio de esta actividad a la autoridad competente.
Uno de los elementos clave de la reforma es la simplificación administrativa, ya que no se exigirá autorización previa a los centros veterinarios, sino únicamente una comunicación, al considerarse que estos establecimientos ya cumplen los requisitos higiénico-sanitarios necesarios. Además, quedarán exentos de inscribirse en el registro general de establecimientos de alimentación animal.
El proyecto también introduce garantías específicas en materia de almacenamiento y control, obligando a que los piensos medicamentosos se conserven de forma separada y correctamente identificada para evitar contaminaciones cruzadas. Asimismo, su dispensación requerirá siempre una prescripción veterinaria válida.
En paralelo, se refuerza el control por parte de las comunidades autónomas, que deberán mantener listados actualizados de los establecimientos autorizados para comercializar estos productos.
El proceso de audiencia pública permitirá recabar la opinión de ciudadanos y organizaciones representativas del sector. El plazo para presentar alegaciones se abrirá el 19 de marzo y permanecerá activo hasta el 10 de abril de 2026.