MARTES, 23 de abril 2024

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PROFESIONALES

Anuncian un Real Decreto para regular las facultades de Veterinaria

El Ministerio de Universidades ha anunciado un nuevo Real Decreto para regular los centros universitarios, que incluye requisitos que deben de cumplir las enseñanzas de ciencias de la salud, entre ellas veterinaria

Manuel Castells, ministro de Universidades.
Manuel Castells, ministro de Universidades.

Anuncian un Real Decreto para regular las facultades de Veterinaria

El Ministerio de Universidades ha anunciado un nuevo Real Decreto para regular los centros universitarios, que incluye requisitos que deben de cumplir las enseñanzas de ciencias de la salud, entre ellas veterinaria

Redacción - 27-11-2020 - 14:30 H - min.

Este viernes 27 de noviembre se ha hecho público un nuevo Real Decreto que establece las bases para garantizar la calidad de las actividades académicas de todas sus universidades. De esta forma, las universidades actuales y aquellas iniciativas de nuevos proyectos tendrán que adaptarse a los requerimientos de calidad establecidos en este Real Decreto para todo el sistema.

En el borrador de este Real Decreto, al que ha tenido acceso Animal’s Health, se establecen requisitos concretos relativos a las enseñanzas del área de ciencias de la salud. En este sentido, para las enseñanzas en Odontología, Veterinaria, Farmacia, y otras enseñanzas en el ámbito de la salud distintas a Medicina, Enfermería, y Fisioterapia establece una serie de requisitos sobre los medios necesarios.

Así, indica que debe haber disponibilidad de los medios clínicos necesarios tanto de la propia universidad (clínicas universitarias de Odontología, Podología, Psicología, hospitales clínicos veterinarios, etc.), como aquellos que se dispongan mediante convenios con instituciones públicas u organización y empresas privadas que tengan estos servicios asistenciales acreditados por la Administración que competa.

Respecto a Medicina, Enfermería, y Fisioterapia las universidades indican que deberán contar al menos con un hospital y tres centros de Atención Primaria (de titularidad pública o privada) con base en un concierto en el caso de las universidades públicas o en un convenio en el de las universidades privadas, así como otros requisitos.

EL CONTENIDO DEL REAL DECRETO

Además, introduce cambios sustanciales en cuanto a los requisitos para crear y reconocer a una universidad, tanto en el ámbito docente como en el investigador.

Así, las Universidades deberán disponer de una oferta académica mínima de diez títulos oficiales de grado, seis títulos oficiales de máster y tres programas oficiales de doctorado y deberán estar representadas como mínimo tres de las cinco grandes ramas del conocimiento.

Por otro lado establece que después de cinco años del inicio de actividades el estudiantado de grado y dobles grados será como mínimo el 50% del total del estudiantado oficial y que a los cinco años desde el inicio de la actividad los estudiantes matriculados en formación continua no podrán superar en dos veces el número de estudiantes matriculados en títulos oficiales.

Además, las universidades deberán dedicar al menos un 5% de su presupuesto a un programa o programas propios de investigación. Asimismo, se establece una cifra mínima de publicaciones científicas que deberán ser publicadas y de proyectos de investigación de ámbito nacional e internacional que deberán solicitar y obtener.

Las Universidades deberán tener también sistemas internos que aseguren la calidad en su funcionamiento, y en este sentido los Másteres propios deberán contar con un informe favorable del sistema interno de garantía

Asimismo, las universidades, y sus centros universitarios, que se creen una vez aprobado este Real Decreto, tendrán un plazo máximo de cinco años para cumplir con los requisitos docentes, de investigación, de personal docente e investigador, de PAS y de instalaciones establecidos en el presente Real Decreto.

Las universidades en funcionamiento en el momento de la aprobación de este Real Decreto, en caso de no cumplir con los requisitos fijados, dispondrán de hasta cinco años para el cumplimiento de los mismos.

Con este Real Decreto el Ministerio de Universidades tiene como objetivo asegurar los requisitos imprescindibles de calidad académica que exige la enseñanza en la educación superior en universidades públicas o privadas.

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