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Finaliza la vigilancia activa de la enfermedad vesicular porcina

El Ministerio de Agricultura excluye la enfermedad vesicular porcina de las enfermedades de declaración obligatoria, aunque mantiene la obligatoriedad de su comunicación por parte de los veterinarios

Luis Planas, ministro en funciones de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Luis Planas, ministro en funciones de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Finaliza la vigilancia activa de la enfermedad vesicular porcina

El Ministerio de Agricultura excluye la enfermedad vesicular porcina de las enfermedades de declaración obligatoria, aunque mantiene la obligatoriedad de su comunicación por parte de los veterinarios

Redacción - 05-08-2019 - 13:02 H - min.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado la Orden APA/841/2019, de 23 de julio, por la que se modifican los Anexos I y II del Real Decreto 599/2011, de 29 de abril, por el que se establecen las bases del plan de vigilancia sanitaria del ganado porcino.

Dicha orden, que ya fue sacada a consulta pública por el MAPA, contempla la eliminación de la lista de enfermedades de declaración obligatoria en porcino de la enfermedad vesicular porcina (EVP) después de que la Asamblea General de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) dejara de considerar dicha enfermedad entre las de obligada declaración.

Por ello, desde Agricultura se ha decidido suprimir la vigilancia activa, pero manteniendo la vigilancia pasiva, es decir, la obligación de comunicar la aparición de síntomas de la enfermedad en los animales, por sus propietarios o los veterinarios, obligación que emana de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.    

Tras esta modificación del Ministerio se excluye a la EVP de la lista de enfermedades de notificación obligatoria, quedando solo la peste porcina clásica y la peste porcina africana como enfermedades de obligatoria notificación. La orden, emitida en el Boletín Oficial del Estado el 3 de agosto, se encuentra actualmente en vigor.

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