El Gobierno afirma que la participación de veterinarios en controles en frontera se limita al control documental dentro de un modelo multidisciplinar compatible con la normativa europea
El Gobierno defiende las competencias de los veterinarios en la inspección de sanidad vegetal en frontera dentro de equipos multidisciplinares
El Gobierno afirma que la participación de veterinarios en controles en frontera se limita al control documental dentro de un modelo multidisciplinar compatible con la normativa europea
Francisco Ramón López -
01-06-2026 - 08:14 H -
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El pasado 27 de abril, Animal’s Health adelantó que el Grupo Parlamentario Popular había registrado en el Congreso de los Diputados dos preguntas dirigidas al Gobierno sobre la participación de veterinarios en inspecciones de sanidad vegetal en controles en frontera de productos agroalimentarios.
Las iniciativas se enmarcaban en el refuerzo de los controles sobre frutas y hortalizas procedentes de terceros países comprometido por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) en el marco del acuerdo MAPA-OPAS.
En sus preguntas, el PP cuestionaba que estas inspecciones se estuvieran realizando por personal del cuerpo de veterinarios y preguntaba al Ejecutivo por qué se había permitido que estos profesionales realizaran inspecciones y firmaran como inspectores de sanidad vegetal “sin la cualificación en sanidad vegetal adecuada”.
Además, los populares reclamaban saber cómo preveía el Ministerio defender a los veterinarios destinados a estas tareas “ante cualquier denuncia o demanda por firmar documentación para la que no tienen competencia, ni cualificación profesional”.
Ahora, en su respuesta parlamentaria, el Gobierno defiende que la participación de veterinarios en este procedimiento es compatible con el Reglamento (UE) 2017/625, relativo a los controles oficiales, y sostiene que esta norma no vincula la figura del inspector oficial de sanidad vegetal a una titulación académica concreta.
En concreto, el Ejecutivo recuerda que el Reglamento define al inspector oficial de sanidad vegetal como la persona nombrada por una autoridad competente que “posee la formación adecuada” para llevar a cabo controles y otras actividades oficiales. A partir de esta definición, el Gobierno interpreta que el Reglamento “vincula esta figura a la formación adecuada, pero no la anuda a una titulación académica concreta o exclusiva”.
El Gobierno centra buena parte de su respuesta en diferenciar entre control documental y control físico. Según explica, el artículo 49 del Reglamento establece que los controles oficiales en puesto de control fronterizo incluyen controles documentales, de identidad y físicos, pero “sólo asigna expresamente a un inspector oficial de sanidad vegetal los controles físicos de vegetales, productos vegetales y otros objetos”.
Por ello, el Ejecutivo sostiene que “la reserva expresa del Reglamento se refiere al control físico, no al control documental”, que el procedimiento organiza dentro de un equipo multidisciplinar.
En este sentido, el Gobierno asegura que “el control físico fitosanitario sigue correspondiendo al inspector oficial de sanidad vegetal” y que “la intervención del personal veterinario queda circunscrita a los supuestos de control documental previstos en el procedimiento”.
Respecto a la firma de documentación por parte de veterinarios, uno de los puntos planteados por el PP, el Ejecutivo afirma que “su firma se realizará únicamente cuando la liberación de la mercancía requiera exclusivamente control documental, sin necesidad de control de identidad ni de control físico”.
De este modo, el Gobierno insiste en que “no se altera la atribución del control físico en materia fitosanitaria”, que corresponde al inspector de sanidad vegetal en los términos establecidos en el procedimiento.
La respuesta también defiende que los profesionales implicados cuentan con formación específica. Según el Ejecutivo, “desde que se realizó la integración, en los procesos selectivos se incluyen jornadas de formación tanto para veterinarios como para ingenieros agrónomos, con el fin de garantizar la adecuada capacitación de todos los profesionales que participan en este sistema de control oficial”.
Asimismo, el Gobierno afirma que las actuaciones se desarrollan “con pleno respeto al marco organizativo y funcional vigente”, mediante “una distribución de funciones clara, dentro de un equipo multidisciplinar, con personal debidamente formado y con la correspondiente cobertura administrativa y jurídica en el ejercicio de sus funciones públicas”.
El Ejecutivo enmarca este sistema en el nuevo modelo de integración de servicios de control oficial en frontera, que comenzó a aplicarse desde 2024 en el Puesto de Control Fronterizo del Puerto de Algeciras.
Según el Gobierno, este modelo “unifica las inspecciones de Sanidad Vegetal y Sanidad Exterior en un único procedimiento, simplificando los trámites y reduciendo duplicidades”. Agricultura sostiene además que el nuevo esquema permite simplificar el control “sin reducir ni la presión de control ni ninguno de los puntos a controlar”.
En cuanto a los resultados, el Gobierno asegura que el modelo ha permitido mantener el “control documental del 100% de las partidas”, incrementar en 2025 “al menos un 7,5% los controles físicos”, superar “el 80% en determinados productos” y aumentar “los análisis de plaguicidas en un 50% y muestreos en un 24%”.
Por último, el Ejecutivo apunta que existe una “previsión de refuerzo adicional en 2026 para productos y orígenes con incumplimientos detectados”.