El 80% del gasto en servicios veterinarios de los sectores porcino, ovino y caprino serán subvencionados por el gobierno de Cataluña. Además, los sectores de la cunicultura y la producción de moluscos también recibirán ayudas destinadas a la ejecución de los programas de sanidad animal
Cataluña destinará ayudas para programas de sanidad animal
El 80% del gasto en servicios veterinarios de los sectores porcino, ovino y caprino serán subvencionados por el gobierno de Cataluña. Además, los sectores de la cunicultura y la producción de moluscos también recibirán ayudas destinadas a la ejecución de los programas de sanidad animal
Fernando Núñez Benítez - 24-08-2018 - 12:15 H - min.
El Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC) ha publicado la orden por la que se aprueban las bases para las ayudas destinadas a la ejecución de los programas de sanidad animal en los sectores del porcino, de la cunicultura, del ovino y el caprino y de la producción de moluscos.
De este modo, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación compensará a los ganaderos por los costes derivados de la ejecución de programas y actuaciones sanitarias dirigidos al control y la prevención de enfermedades de los animales.
En el caso del porcino, serán subvencionables el 80% del gasto en servicios veterinarios para realizar los controles establecidos relativos a los requisitos zoosanitarios de estos animales. Además del 100% del coste de las analíticas de laboratorio de aquellas explotaciones con encuesta de bioseguridad realizada.
Por otro lado, los sectores ovino y caprino también verán subvencionados el 80% del gasto en servicios veterinarios. Y, dentro del Programa nacional de vigilancia, control y erradicación de la agalaxia contagiosa 2018-2020, se subvencionará el 80% de los gastos derivados del asesoramiento y la difusión del Programa y de los gastos derivados de la ejecución del Programa.
La determinación de la cuantía de las ayudas se realizará en función del número de solicitudes y de la disponibilidad presupuestaria, y de acuerdo con los criterios de valoración y las prioridades establecidas en las bases reguladoras. En ningún caso, aclaran las bases reguladoras, “el importe de las subvenciones concedidas puede ser de una cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones de otras entidades, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad a desarrollar por la persona beneficiaria”.