VIERNES, 29 de marzo 2024

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POLÍTICA

Castilla y León da el visto bueno a su ley para perros de asistencia

El Consejo de Gobierno de Castilla y León ha aprobado el proyecto de Ley de Acceso al Entorno de las Personas Usuarias de Perros de Asistencia, que prevé el acceso sin restricciones de estos animales y sus dueños a centros comerciales, museos, bibliotecas y teatros, entre otros espacios

Alicia García, consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades de Castilla y León.
Alicia García, consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades de Castilla y León.

Castilla y León da el visto bueno a su ley para perros de asistencia

El Consejo de Gobierno de Castilla y León ha aprobado el proyecto de Ley de Acceso al Entorno de las Personas Usuarias de Perros de Asistencia, que prevé el acceso sin restricciones de estos animales y sus dueños a centros comerciales, museos, bibliotecas y teatros, entre otros espacios

Redacción/EFE - 14-09-2018 - 12:00 H - min.

Con la aprobación de un proyecto de Ley sobre el Acceso al Entorno de las Personas Usuarias de Perros de Asistencia, en consenso con las entidades de la ONCE y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (o Cermi por sus siglas), el Consejo de Gobierno de Castilla y León da un paso adelante en la cobertura de necesidades de las personas usuarias de perros de asistencia, que precisan de este tipo de perros en su puestos de trabajo o para acceder sin dificultad a otro clase de entornos.

La consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, Alicia García, explica que este tipo de perros, en sus diferentes variedades recogidas en la ley, pasan a formar parte de los recursos incluidos en el Sistema de Atención a la Dependencia.

La norma presenta como novedad respecto a otras normativas autonómicas, que estos derechos se articulan dentro del Servicio de Promoción de la Autonomía Personal, además de incorporar actuaciones para el entrenamiento de los perros que permitan la vinculación y adaptación con el usuario que necesite dicha asistencia.

Una vez aprobada la Ley, los usuarios podrán sufragar gastos asociados al adiestramiento y cuidados de estos perros con la prestación vinculada al servicio que le pueda conceder el sistema de atención a la dependencia, según declara García.    

TIPOS DE PERROS Y ZONAS DE ACCESO

Hasta ahora sólo estaban reguladas las condiciones para los perros guía que acompañan a las personas con discapacidad visual pero la futura norma incluye hasta cinco tipologías más de perro de asistencia entre las que se encuentran el "perro para el trastorno del espectro autista", el "perro de señalización de sonidos" para personas con discapacidad auditiva, el "perro de aviso" para personas que sufren diabetes y epilepsia, el "perro adiestrado" para las nuevas necesidades en otras discapacidades" y el "perro de servicio" para el resto de discapacidades.

García detalla que en algunos casos la regulación era "difusa" y "no muy clara", mientras que en otros casos no existía, especialmente en el acceso a todos los espacios de un entorno laboral para personas que requieren de un perro de estas características y también para la estancia en espacios de titularidad privada de uso colectivo.

Es por ello que esta Ley prevé el acceso sin restricciones de estos animales y sus dueños a centros comerciales; museos, bibliotecas y teatros; instalaciones y establecimientos deportivos; centros religiosos; oficinas y despachos; hoteles, albergues o casas rurales; espacios naturales; lugares de esparcimiento al aire libre como piscinas o playas; parques acuáticos, de atracciones y zoológicos; centros oficiales de toda índole y titularidad sean de enseñanza, sanitarios y sociosanitarios o de servicios sociales; espacios de uso público como estaciones de autobús o ferrocarril al igual que cualquier tipo de transporte colectivo público o de uso público; y en general, cualquier otro lugar o establecimiento de uso público o de atención al público.

En el caso de los transportes colectivos, públicos o privados, la persona usuaria del perro de asistencia tendrá preferencia en el uso de los espacios reservados para personas con discapacidad que son asientos adyacentes al pasillo y en ningún caso se podrá exigir el abono de un billete o cantidad adicional por el acceso a un medio de transporte público o de uso público con su perro de asistencia, por lo que el animal no contará como plaza ocupada.

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