JUEVES, 28 de marzo 2024

JUE, 28/3/2024

POLÍTICA

Aragón regula la figura de auxiliar oficial de inspección veterinaria

El gobierno aragonés ha aprobado el decreto que regula al auxiliar oficial de la inspección veterinaria, gracias al cual se podrá reforzar el control sanitario en los mataderos

Francisco Javier Lambán Montañés, presidente de Aragón.
Francisco Javier Lambán Montañés, presidente de Aragón.

Aragón regula la figura de auxiliar oficial de inspección veterinaria

El gobierno aragonés ha aprobado el decreto que regula al auxiliar oficial de la inspección veterinaria, gracias al cual se podrá reforzar el control sanitario en los mataderos

Redacción - 26-03-2019 - 16:17 H - min.

El Consejo de Gobierno de Aragón ha aprobado este martes 26 de marzo el decreto por el que se regula la figura del auxiliar oficial de la inspección veterinaria (AOIV), que permitirá reforzar la labor de control en los mataderos, bajo la supervisión de la Dirección General de Salud Pública. 

El consejero de Presidencia, Vicente Guillén, ha indicado en rueda de prensa que gracias a este personal se reforzará la labor de control en los mataderos, de modo que permita el desarrollo de un sector económico estratégico y creciente para Aragón.

El decreto desarrolla normativamente esta figura, crea el Registro de Entidades Autorizadas de Auxiliares Oficiales y atribuye al Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón (CITA) el control del cumplimiento de los requisitos de registro, tanto previos como de mantenimiento.

La Dirección General de Salud Pública del Gobierno de Aragón será la responsable de gestionar el citado registro, además de habilitar al personal AOIV para que pueda actuar como apoyo a la inspección veterinaria en mataderos y salas de despiece, así como establecer cuáles de ellos requieren de asignación de estos auxiliares.

El personal Auxiliar Oficial de la Inspección Veterinaria deberá acreditar la formación adecuada (licenciados en Veterinaria o titulados con el certificado de profesionalidad de Asistencia en los controles sanitarios en mataderos, establecimientos de manipulación de caza y salas de despiece) y haber superado las pruebas de formación práctica y teórica. Su habilitación tendrá una vigencia máxima de cinco años. También podrán acreditarse quienes hayan sido habilitados previamente por otras comunidades. 

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