JUEVES, 25 de abril 2024

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POLÍTICA

Podrán confiscar perros que vulneren las normas de playas y parques

La concejalía de Sanidad del Ayuntamiento de Alicante impulsa una nueva ordenanza de animales de compañía que regula las playas y parques caninos y contempla multas e incluso confiscación para los propietarios reincidentes

Julia Llopis, concejal de Sanidad del Ayuntamiento de Alicante.
Julia Llopis, concejal de Sanidad del Ayuntamiento de Alicante.

Podrán confiscar perros que vulneren las normas de playas y parques

La concejalía de Sanidad del Ayuntamiento de Alicante impulsa una nueva ordenanza de animales de compañía que regula las playas y parques caninos y contempla multas e incluso confiscación para los propietarios reincidentes

Redacción - 16-10-2019 - 13:15 H - min.

Un proyecto para una nueva ‘Ordenanza Municipal sobre tenencia, bienestar y protección de los animales’ que está impulsando el Ayuntamiento de Alicante plantea regular por primera vez las playas de perros y los parques caninos, llegando incluso a contemplar la confiscación de los animales que incumplan reiteradamente las normas de estos espacios.

El nuevo articulado, que recientemente ha pasado por la Junta de gobierno municipal, que dio el visto bueno a algunas modificaciones puntuales, será trasladado a los grupos políticos que conforman la Corporación para que lo analicen y hagan las aportaciones que estimen apropiadas a través de enmiendas.

Las previsiones de la Concejalía de Sanidad, departamento que impulsa la nueva norma, es que el Pleno del Ayuntamiento se pronuncie sobre la Ordenanza en su sesión de finales de noviembre. Un proyecto que consta de quince capítulos, un total de 112 artículos y algunas disposiciones adicionales.

En el capítulo ‘Protección de los animales’, se engloban los artículos que dan cuenta de que no se les puede causar la muerte o practicarles mutilaciones, se añade además que queda prohibido “su maltrato físico, psíquico y pasivo”. También introduce que se prohíbe la instalación de circos con animales y las atracciones feriales con animales atados a todo tipo de carruseles o similares.

Sobre los animales en las playas, el artículo 29 puntualiza que “salvo en aquellas expresamente autorizadas para perros, queda prohibido el acceso de todo tipo de animales a la arena de las playas durante todo el año”, pero abre una puerta sobre el particular. “Excepcionalmente, los perros podrán acceder en el período comprendido entre el 1 de noviembre y el 1 de marzo, siempre respetando las medidas de seguridad y sanitarias, es decir, irán sujetos, con bozal si fuera necesario, y se recogerán los excrementos que produzcan”, prosigue.    

Asimismo, la nueva ordenanza incluye la obligatoriedad de limpiar los orines de los perros. “Los orines que afecten al mobiliario urbano, edificaciones, aceras o cualquier otro elemento serán limpiados echando sobre ellos agua limpia. Los que porten los animales estarán obligados a llevar una botella, con capacidad suficiente, llena de agua para su menester”, expone el articulado.

 

INFRACCIONES DE 30 A 18.000 EUROS

El capítulo catorce se refiere a las infracciones y sanciones y anota que “los responsables de animales que infrinjan las normas de uso de las playas de perros o zonas de esparcimiento canino podrán ser sancionados con multas desde 30 a 300 euros. En caso de reincidencia, se les podrá impedir el uso de estos espacios o confiscarles los animales.  

Algunos de los artículos de este capítulo describen las infracciones leves, las graves y las muy graves. Las infracciones a esta ordenanza, de acuerdo a la Ley 4/1994, de 8 de julio, de la Generalitat Valenciana, serán sancionadas con multas que pueden oscilar  entre 30 euros y 18.000. Las resoluciones sancionadoras podrán comportar la confiscación de los animales, anota el proyecto. 

Desde la Concejalía de Sanidad aclaran que entre los motivos para modernizar la Ordenanza está su adecuación a la creciente conciencia ciudadana a favor de una mayor protección de las mascotas. Este proyecto de Ordenanza, tras pasar por el Pleno municipal, deberá superar también un periodo de exposición pública de 30 días, plazo en que los ciudadanos podrán alegar o presentar cambios. 

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