Fisioterapia en animales, una disciplina exclusiva de la veterinaria
Gonzalo Moreno del Val -
14-01-2019 - 11:32 H - min.
Presidente del Colegio de Veterinarios de Alicante
Recientemente hemos conocido que una asociación de fisioterapeutas emitió una nota de prensa en la cual se atribuían competencias en materia de salud animal. Es triste realmente que sea necesario dejar claro que ni mucho menos esto es así, y creemos que es una falta de respeto hacia la sanidad animal y al trabajo que también desarrolla la veterinaria en pos de la salud pública.
Por respeto a la salud humana y a sus profesionales, a ningún veterinario se le ocurriría reclamar para sí el control sanitario en las personas de las enfermedades de origen animal (por mucho que según la OMS supongan un 60% de las enfermedades infecciosas humanas conocidas y un 75% de las enfermedades humanas emergentes). Parece más acertado el enfoque One health propuesto por este mismo organismo, en el que cada profesión dentro de sus competencias colabora por un mismo objetivo, la salud de todos. Así, de hecho y afortunadamente, está sucediendo en el control de ciertas enfermedades zoonóticas, como la Leishmaniosis.
Con esta filosofía, la colaboración entre fisioterapeutas y veterinarios podría darse sin problemas, por ejemplo, en el ámbito de las terapias a personas asistidas con animales. Nunca, parece claro y así lo recoge el marco legal vigente, fisioterapeutas asistiendo a animales como tampoco veterinarios atendiendo patologías en personas. Creemos que esto parece algo fácil de entender, pero aun así e independientemente de las acciones judiciales que puedan ser iniciadas por intrusismo profesional, queremos dejar clara la justificación objetiva sobre la competencia exclusiva de los veterinarios en materia de sanidad animal. Defender tal cosa interesa a toda la población y obedece a cuatro razones fundamentales, a saber.
CUMPLIR LA LEY
En primera instancia, el cumplimiento de la Ley debe imperar en cualquier sociedad avanzada. Frente a las regulaciones no caben razonamientos subjetivos o enrevesadas discusiones semánticas. La competencia en sanidad animal es exclusiva de los veterinarios, y que se cumpla la Ley en este ámbito es tan deseable como en cualquier otro. El reciente comunicado del Consejo General de Colegios de Veterinarios (CGCVE) emitido como réplica a la nota de prensa de esta asociación fue contundente en este sentido. También lo fue, no hace mucho, la Secretaria General de Universidades del Ministerio de Educación. Distintas sentencias sobre otros casos de intrusismo en el ámbito de la sanidad animal han resuelto en idéntico sentido. En todas estas resoluciones administrativas y actuaciones judiciales siempre ha quedado claro el siguiente precepto:
“(…) de conformidad con el Plan de Estudios aprobado por el RD 1384/1991 y la Orden ECI 333/2008, para cualquier acto clínico, incluyendo la exploración clínica del animal, actuaciones relacionadas con la psicología-etología, fisioterapia u odontología entre otras, sobre cualquier animal consistentes en prevenir, diagnosticar, curar o aplicar tratamientos médicos o quirúrgicos, se requiere la condición de veterinario”.
SEGURIDAD DE LOS PACIENTES: BIENESTAR Y SALUD ANIMAL
La fisioterapia es una disciplina basada en el conocimiento de la anatomía, fisiología y patología de los pacientes. Precisamente por esta razón la Ley estipula como primer objetivo para los estudiantes del Grado en Fisioterapia el conocimiento de estas materias en las personas, y así lo atestiguan los distintos planes de estudio para esta titulación donde se dedica un gran número de horas al aprendizaje de la anatomía, fisiología y patología humana. En ningún caso, se estudian estas materias en animales como sí se hace en el Grado de Veterinaria, y por ello la base formativa para poder ejercer la fisioterapia animal solo la poseen los veterinarios.
En el ámbito de la salud humana es precisamente esto lo que defienden los fisioterapeutas frente a masajistas, quiroprácticos u osteópatas, al no contar estos y según reivindican los propios colegios de Fisioterapia con una formación reglada como la suya. Es más, según argumentan, no ser tratado por un fisioterapeuta supone un riesgo para la salud de los pacientes. En este sentido, es de suponer que este razonamiento sería repetido, y no sin razón, si un veterinario especialista en fisioterapia animal, por reputado que fuese en su campo, se decidiese a ejercer la fisioterapia con personas.
PROTECCIÓN DE LOS PROPIETARIOS DE LOS ANIMALES
Los colegios profesionales son corporaciones de derecho público que tienen como fines esenciales, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Colegios Profesionales, la defensa de los intereses de consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados, asumiendo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de dicha Ley, la competencia de ordenar la“actividad profesional de los colegiados, velando por la ética y dignidad profesional y por el respeto debido a los derechos de los particulares y ejercer la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial”.
Por esta razón, para respetar la ley y atender al interés general, los colegios profesionales actuamos en los casos de intrusismo profesional, ya que de no hacerlo estaríamos conculcando uno de nuestros fines esenciales, la defensa de los consumidores y usuarios. Si no fuese así, la ordenación de las profesiones no existiría, los colegios profesionales perderían su legitimidad, y todo ello llevaría a frustrar la confianza que los ciudadanos tienen puesta en estas organizaciones, como garantes de sus derechos. Amparar el ejercicio de la fisioterapia en animales por un fisioterapeuta, es como si se amparara que un veterinario pudiera poner vacunas o realizar cirugías a humanos por tener conocimientos médico-quirúrgicos. ¿En qué situación quedan los ciudadanos si no pueden acudir a un colegio profesional para exigir las responsabilidades deontológicas?. Lamentablemente, en la del más absoluto desamparo.
PROTECCIÓN DE LA SALUD PÚBLICA
La veterinaria abarca el cuidado de todo tipo de animales, desde los de compañía hasta los productores de alimentos. El caso de la fisioterapia veterinaria, como una disciplina más de nuestra profesión, no es distinto. Los veterinarios sabemos que, en ocasiones, tratamos animales que hoy son de uso recreativo pero que, en un momento dado, pueden acabar en la cadena alimentaria. Así sucede, por ejemplo, con los caballos, que requieren de un especial cuidado ya que la aplicación de cualquier fármaco puede conllevar posteriormente un peligro para la salud pública, si es que no se actúa con el criterio profesional adecuado. En un caso de intrusismo ya condenado, un falso dentista equino fue detenido por la Guardia Civil portando todo tipo de fármacos, que se acreditó que aplicaba a los animales sin los conocimientos necesarios para ello. El individuo en cuestión ponía pues en peligro, en primera instancia, la salud del animal pero también la de la población porque ésos équidos podían acabar en el matadero. Por tal motivo, no por el intrusismo en sí mismo sino por el peligro que conllevaban estas actuaciones sin la formación y capacitación necesaria, el juez ordenó en este caso prisión provisional desde el momento de su detención.
Otro ejemplo claro y seguramente más conocido del problema de salud pública que puede generarse por la actuación en el ámbito de la salud animal de personas sin la competencia oportuna, es lo que sucedió recientemente en la crisis por la contaminación de huevos con Fipronilo. Este producto, no autorizado para su uso en animales de producción de alimentos, fue utilizado sin indicación ni supervisión veterinaria para tratar la presencia de un ácaro denominado Dermanyssuss gallinae en gallinas de puesta. El resultado fue una alerta sanitaria que afectó a 34 países.
En definitiva y como se decía al principio, hablamos del respeto a la legalidad, de la defensa de la salud y el bienestar animal, del amparo de los derechos de los propietarios de los animales, y de la protección de la salud de toda la población, sean o no propietarios de animales. Por todo ello, la fisioterapia animal es competencia única y exclusivamente de los veterinarios.