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MASCOTAS

¿Se puede dejar a un perro solo en una caravana o furgoneta camper?

Desde el despacho de abogados Animalex explican a qué tipo de vehículos aplica la obligación de la Ley de Bienestar Animal de no dejar solos a los animales

María González Lacabex, directora del despacho especializado en derecho animal Animalex.
María González Lacabex, directora del despacho especializado en derecho animal Animalex.

¿Se puede dejar a un perro solo en una caravana o furgoneta camper?

Desde el despacho de abogados Animalex explican a qué tipo de vehículos aplica la obligación de la Ley de Bienestar Animal de no dejar solos a los animales

Francisco Ramón López - 09-11-2023 - 12:18 H - min.

Este 29 de septiembre entraba en vigor la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales, la primera norma de este tipo de ámbito estatal, que establece obligaciones y prohibiciones que han generado dudas entre los propietarios.

Una de estas es la relativa a dejar solos a los animales en vehículos cerrados, pues no señala exactamente a qué tipo se refieren y si incluye algunos modelos que permiten hacer vida en ellos, como las caravanas o las furgonetas camper.

Teniendo esto en cuenta, desde el despacho especializado en derecho animal Animalex han dado algunas claves para entender este aspecto de la Ley. Así, recuerdan que este punto se encuentra recogido entre las obligaciones generales de los responsables de animales de compañía y silvestres en cautividad, la Ley dispone en su artículo 24 apartado 2 letra d).

Así, la norma estipula que entre las obligaciones está el “no dejarlos solos dentro de vehículos cerrados, expuestos a condiciones térmicas o de cualquier otra índole que puedan poner su vida en peligro”.

“Si nos atenemos a la redacción literal de este artículo (y a la colocación de la coma en mitad de la frase) la Ley no está diciendo que está prohibido en todo caso dejar animales solos dentro de vehículos cerrados”, apuntan desde Animalex.

De esta manera, aclaran que lo que está prohibido es que se dejen solos y encerrados, siempre que se encuentren expuestos a condiciones en las que pueda peligrar su vida. Por ejemplo, a altas temperaturas.

“¿Todo esto aplica también a caravanas o furgonetas camper? . Porque la clave no está en qué tipo de vehículo sea. Sino en si los animales quedan o no expuestos a objetivas condiciones de peligro para su vida”, insisten.

En este punto, añaden que “si dentro de un determinado vehículo, por las condiciones de éste, no existe tal peligro, no se aplicará la prohibición”, aunque recuerdan que “la ley no exceptúa de entrada ningún vehículo”.

Poner su vida en peligro. Esa es la parte importante del artículo, y a la que debe prestarse atención. Para cumplir la ley y para hacerla cumplir”, concluyen.

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