JUEVES, 28 de marzo 2024

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MASCOTAS

Piden que el Código Civil incluya a los animales en las sucesiones

Profesionales de la abogacía piden que se garantice el bienestar de los animales cuando el propietario haya fallecido

Quieren que los animales no sean incluidos en los testamentos como bienes.
Quieren que los animales no sean incluidos en los testamentos como bienes.

Piden que el Código Civil incluya a los animales en las sucesiones

Profesionales de la abogacía piden que se garantice el bienestar de los animales cuando el propietario haya fallecido

Redacción - 09-09-2021 - 13:39 H - min.

Tras la interrupción de los trabajos por el período vacacional, continúa en el Congreso de los Diputados la tramitación parlamentaria de la modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales. Una reforma, necesaria para adecuar el Código Civil a la naturaleza de los animales —como seres sintientes o dotados de sensibilidad (y no cosas)—, así como a las relaciones de convivencia que se establecen entre estos y los seres humanos.

En este punto, y a la vista de las enmiendas que hasta el momento han sido propuestas por los diversos grupos parlamentarios, INTERcids ha recordado que la proposición de ley olvida un importante ámbito del ordenamiento civil en el que también es preciso incorporar la nueva consideración de los animales pretendida con esta reforma: las sucesiones.

“La experiencia revela cómo la incorporación de cláusulas testamentarias relativas a los animales de compañía es una cuestión que se plantea de manera cada vez más recurrente en despachos jurídicos y notarías. Por ello, son necesarias previsiones en el Código Civil que permitan dar adecuado encaje y soporte legal a quienes expresan su voluntad de incluir en su testamento disposiciones sobre los animales que se encuentran a su cargo o cuidado”, explican.

Por otro lado, ven necesario incluir criterios de bienestar para determinar el destino de aquellos animales que, habiendo fallecido su responsable sin disposición expresa sobre ellos, podrían quedar en una situación de desprotección. "La nueva consideración de los animales como seres vivos dotados de sensibilidad o sintientes tiene directa repercusión en estos supuestos en los que, como tales seres vivos, los animales no pueden quedar desamparados, a la espera de que se inicie y resuelva el procedimiento sucesorio", apuntan.

PETICIÓN DE COLEGIOS Y PROFESIONALES A LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS

Sin embargo, el texto de la Proposición de Ley ahora en tramitación no recoge referencia alguna a esta cuestión. Por este motivo, en un escrito dirigido por INTERcids a todos los grupos parlamentarios, varios colegios de la Abogacía, asociaciones de juristas, despachos y profesionales han solicitado que se apoyen e incorporen en el texto de la reforma aquellas enmiendas al Código Civil necesarias para incluir a los animales en el articulado regulador del régimen de las sucesiones.

En el documento, estas entidades y profesionales piden que, en primer lugar, se reconozca expresamente el derecho de las personas a recoger en testamento su voluntad respecto al destino de los animales de los que sea titular o responsable, en su consideración diferenciada de las cosas o bienes.

A continuación, insisten en la importancia de que esta reforma dé respuesta también a aquellos casos en los que, por no existir una voluntad expresa de la persona fallecida sobre el destino de los animales, es necesario adoptar con inmediatez una decisión respecto a su custodia. Una decisión que, según manifiestan en su escrito, "precisamente atendiendo a la condición de seres vivos con capacidad de sentir, no puede ser demorada en el tiempo ni adoptada en base a criterios distintos del de su bienestar o contrarios a su debida protección".

"Tal como se ha venido argumentando y trasladando por INTERcids desde 2017, las repercusiones jurídicas de la relación de los seres humanos con los animales en contextos de convivencia con ellos no se limitan a los supuestos de ruptura de la pareja. Es necesario adaptar el Código Civil a todos los ámbitos de la situación convivencial entre humanos y animales, incluido el sucesorio" señalan.

A esta petición se han adherido colegios de la Abogacía y comisiones colegiales de Alicante, Bizkaia, Sabadell, Terrassa y Zaragoza, junto al colegio de procuradores de Bizkaia a través de su comisión de protección animal, así como la Confederación Española de la Abogacía Joven. Junto a ellos, suscriben también esta solicitud las asociaciones Abogacía Andaluza por la Defensa Animal, Abogados Valencianos en Defensa Animal, Asociación de Juristas de Córdoba por la Defensa Animal y el Medio Ambiente, Defensa Animal Profesional, Federación de Protección Animal de Alicante, Red Canaria de Abogados por la Protección Animal y su Medio Ambiente, varios despachos y más de 50 profesionales.

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