Andalucía, Castilla-La Mancha y Murcia destacan entre las comunidades que han incorporado deducciones autonómicas por gastos veterinarios, una novedad que contrasta con la ausencia de este beneficio en el tramo estatal del IRPF
Comienza la campaña de la Renta: Estas son las comunidades que estrenan la deducción de gastos veterinarios
Andalucía, Castilla-La Mancha y Murcia destacan entre las comunidades que han incorporado deducciones autonómicas por gastos veterinarios, una novedad que contrasta con la ausencia de este beneficio en el tramo estatal del IRPF
Francisco Ramón López -
07-04-2026 - 17:00 H -
min.
La campaña de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2025 arranca este 8 de abril y se prolongará hasta el 30 de junio de 2026. Durante ese periodo, los contribuyentes podrán presentar sus declaraciones por Internet, mientras que la atención telefónica comenzará el 6 de mayo y la presencial en oficinas el 1 de junio, en ambos casos también hasta el cierre de la campaña.
El inicio de la campaña llega en un contexto en el que el peso de los animales de compañía en España sigue creciendo. De hecho, según el Estudio de Censos 2025 de la Asociación Nacional de Fabricantes de Alimentos para Animales de Compañía (Anfaac) y Veterindustria, en España hay más de 20 millones de mascotas.
A ello se suma el desembolso que supone su cuidado para los hogares. Un estudio elaborado por EAE Business School sitúa el gasto medio anual de los hogares con mascotas entre 500 y 1.000 euros, una cuantía que incluye alimentación, atención veterinaria, accesorios y otros servicios, mientras que la Asociación Madrileña de Veterinarios de Animales de Compañía (Amvac) señala que la atención veterinaria puede representar hasta el 45% del gasto total en mascotas.
Pese a ello, los gastos veterinarios siguen sin contar con una deducción específica en el tramo estatal del IRPF. No obstante, sí empiezan a abrirse paso en el ámbito autonómico, donde algunas comunidades han incorporado incentivos fiscales vinculados a este tipo de desembolsos.
Así se recoge en la Guía de las deducciones autonómicas del IRPF en el ejercicio 2025 de la Agencia Tributaria, que contempla actualmente deducciones vinculadas a gastos veterinarios en Andalucía, Castilla-La Mancha y la Región de Murcia.
Además, estas deducciones no solo son limitadas en su alcance, sino también recientes. La campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2025 es la primera en la que los contribuyentes podrán aplicarlas, ya que todas ellas han sido aprobadas con efectos desde el 1 de enero de 2025, lo que convierte a este ejercicio en estreno de su aplicación efectiva en el IRPF.
En Andalucía, la deducción asciende al 30% de las cantidades satisfechas por gastos veterinarios, con un límite máximo de 100 euros anuales por contribuyente. Se aplica a los gastos derivados de la adquisición de animales de compañía o de la tenencia de perros de asistencia, e incluye vacunaciones, desparasitación, tratamientos obligatorios y, en los supuestos previstos por la normativa, esterilización.
La deducción andaluza resulta aplicable, con carácter general, durante el año siguiente a la adquisición del animal de compañía. En caso de adopción, el plazo se amplía a los tres años siguientes, mientras que para los perros de asistencia se extiende durante todo el periodo de tenencia del animal.
Por su parte, Castilla-La Mancha contempla también una deducción del 30%, igualmente con un límite máximo de 100 euros anuales por contribuyente, aunque en este caso está restringida exclusivamente a los gastos veterinarios por la tenencia de perros de asistencia.
La norma castellanomanchega considera deducibles los gastos relativos a vacunaciones, desparasitación, esterilización y demás tratamientos obligatorios conforme a la normativa específica aplicable a estos animales. La deducción se mantiene durante todo el periodo de tenencia del perro de asistencia.
Finalmente, la Región de Murcia recoge una deducción del 30% de las cantidades satisfechas por servicios veterinarios prestados a animales domésticos, con un límite máximo de 100 euros por declaración. Se trata de la formulación más amplia de las tres, al no vincularse a la adquisición del animal ni limitarse a perros de asistencia.
Eso sí, la deducción murciana también está sujeta a condiciones. La suma de la base imponible general y del ahorro no puede superar los 25.000 euros en declaraciones individuales ni los 40.000 euros en conjuntas, y la base de la deducción debe estar justificada mediante la correspondiente factura.
De este modo, aunque la campaña de la Renta 2025 vuelve a arrancar sin una deducción estatal específica por gastos veterinarios, algunas comunidades autónomas han comenzado a reconocer fiscalmente una parte de estos desembolsos.