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Navarra publica nuevas medidas contra la rinotraqueítis infecciosa bovina

La comunidad foral ha publicado una nueva orden para facilitar la protección de los rebaños que hayan logrado erradicar la rinotraqueítis infecciosa bovina

Itziar Gómez López, consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente de Navarra.
Itziar Gómez López, consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente de Navarra.

Navarra publica nuevas medidas contra la rinotraqueítis infecciosa bovina

La comunidad foral ha publicado una nueva orden para facilitar la protección de los rebaños que hayan logrado erradicar la rinotraqueítis infecciosa bovina

Laura Castillo - 08-02-2022 - 12:16 H - min.

La Comunidad Foral de Navarra ha publicado este 8 de febrero una orden foral por la que se regula la aplicación en Navarra del Real Decreto 554/2019, de 27 de septiembre, en el que se establecen las bases de las actuaciones de prevención, control y erradicación de la rinotraqueítis infecciosa bovina (IBR) y se establece un programa nacional voluntario de lucha contra dicha enfermedad.

La orden foral tiene por objeto establecer medidas complementarias al programa nacional voluntario para minimizar los riesgos de difusión del virus de IBR en Navarra. Y es que, desde la Consejería de Desarrollo Rural y Medio Ambiente destacan que es necesaria una nueva norma que establezca medidas para facilitar la protección de los rebaños que hayan logrado erradicar esta enfermedad.

Para la adhesión al programa voluntario e identificación del veterinario responsable, la orden señala que el establecimiento ganadero debe comunicar a la Sección de Sanidad Animal la identificación del técnico o grupo veterinario, estos últimos serán responsables de la aplicación de todas las vacunas de las enfermedades de control oficial de ese establecimiento ganadero.

Asimismo, el veterinario responsable de la aplicación del programa debe comunicar la aplicación de la vacuna con el detalle de la identificación individual, y para ello utilizará la herramienta de Gestión Telemática Veterinaria (GTV). El plazo de comunicación es de quince días naturales contados desde el día siguiente al de la vacunación.

En Navarra, la orden señala que se realizará la toma de muestras necesarias para el mantenimiento de la calificación de IBR con el muestreo del saneamiento habitual del programa de erradicación de tuberculosis en todos los establecimientos ganaderos con calificación distinta a IBR 0.

En el caso de que un titular quisiera realizar el chequeo requerido para optar a la calificación IBR 3 o IBR 4, deberá solicitarlo mediante instancia a la Sección de Sanidad Animal. Este se realizará sin coste añadido aprovechando la visita del programa de erradicación de tuberculosis.

Por último, si el titular requiere el muestreo en fecha distinta de la programada para el programa de erradicación de tuberculosis, el chequeo para el mantenimiento u obtención de la calificación se realizará a su cargo.

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