SÁBADO, 20 de abril 2024

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España actualiza los procedimientos de aptitud para transporte de animales a matadero

Se han actualizado los Procedimientos Normalizados de Trabajo en relación a la aptitud del transporte a matadero y sacrificio de urgencia en la explotación, realizados por el Ministerio de Agricultura, la Aesan y las autonomías

De izda a dcha, Esperanza Orellana, directora general de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, e Isabel Peña-Rey, directora ejecutiva de la Aesan.
De izda a dcha, Esperanza Orellana, directora general de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, e Isabel Peña-Rey, directora ejecutiva de la Aesan.

España actualiza los procedimientos de aptitud para transporte de animales a matadero

Se han actualizado los Procedimientos Normalizados de Trabajo en relación a la aptitud del transporte a matadero y sacrificio de urgencia en la explotación, realizados por el Ministerio de Agricultura, la Aesan y las autonomías

Redacción - 07-07-2022 - 08:23 H - min.

La Subdirección General de Producciones Ganaderas y Cinegéticas ha informado de la actualización de los Procedimientos Normalizados de Trabajo en relación a la aptitud del transporte a matadero y sacrificio de urgencia en la explotación, realizados de forma conjunta por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) y las autoridades competentes de las comunidades autónomas.

En el documento actualizado se señala que será un veterinario oficial el que deba evaluar la aptitud para el sacrificio de urgencia en la explotación. La determinación definitiva de la aptitud para consumo humano se efectuará en el matadero en la inspección post mortem.

Además, se indica que teniendo en cuenta la legislación europea al respecto, existe la posibilidad de sacrificar animales no aptos para el transporte, y sus carnes ser trasladadas al matadero para su dictamen como aptas o no para el consumo humano.

Y es que, la reglamentación europea especifica que podrán considerarse aptos para el transporte los animales enfermos o heridos cuando presenten lesiones o enfermedades leves y su transporte no de lugar a sufrimientos adicionales. En caso de duda, corresponderá al veterinario responsable de la explotación de origen la declaración de si un animal se considera apto o no para el transporte, basándose en su competencia profesional y en la legislación vigente.

Por ello, establece la posibilidad de que los ungulados domésticos puedan ser sacrificados de manera urgente fuera de las instalaciones del matadero, si han sufrido un accidente que impida su transporte al matadero por razones de bienestar, y siempre que cumplan todos los requisitos establecidos. En este caso, sus carnes podrán ser transportadas al matadero para su posible destino a consumo humano.

Los Procedimientos Normalizados de Trabajo en relación a la aptitud del transporte a matadero y sacrificio de urgencia en la explotación establecen las actuaciones que debe llevar a cabo el titular de la explotación para valorar si un animal es apto para efectuar el viaje previsto; así como el veterinario responsable de la explotación para evaluar la aptitud de los animales para el transporte a petición del titular de la explotación.

Igualmente, prevé las actuaciones del veterinario oficial de la explotación en caso de que el animal sea considerado como no apto para el transporte y dictamine que se puede llevar a cabo el sacrificio de urgencia en la explotación o en su caso, la matanza; y del personal de la explotación, durante las operaciones de sacrificio o matanza.

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