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Prescripción remota de medicamentos veterinarios en granjas

El Ministerio de Agricultura permitirá la prescripción a distancia en ganadería en algunos casos concretos y excepcionales durante la crisis sanitaria producida por el coronavirus Covid-19

Beatriz Muñoz, subdirectora general de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad.
Beatriz Muñoz, subdirectora general de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad.

Prescripción remota de medicamentos veterinarios en granjas

El Ministerio de Agricultura permitirá la prescripción a distancia en ganadería en algunos casos concretos y excepcionales durante la crisis sanitaria producida por el coronavirus Covid-19

Redacción - 26-03-2020 - 10:14 H - min.

La Subdirección General de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha respondido a una pregunta escrita de la Organización Colegial Veterinaria referente a la prescripción remota de los veterinarios en granja durante el estado de alarma por el nuevo coronavirus que causa la enfermedad COVID-19.

Así, ha informado de que, “sin perjuicio de que con carácter general se mantiene que la prescripción debe ser in situ y tras la realización de una visita clínica”, en casos excepcionales y cuando por causa de fuerza mayor no se puedan realizar las visitas, siempre bajo el criterio y la responsabilidad del veterinario, es posible proceder a un diagnóstico telemático y, consiguientemente, a la correspondiente prescripción veterinaria remota vía receta electrónica.

El Ministerio ha aclarado y precisado que tales actuaciones podrán tener lugar siempre que se den los siguientes dos supuestos. El primero es que exista un conocimiento del estado sanitario de la explotación por parte del veterinario de explotación y/o del veterinario clínico que atienda y visite regularmente la explotación.

El segundo es que se verifique tal estado a través de otra información sanitaria, derivada de datos laboratoriales o sistemas de vigilancia sindrómica o diagnóstico telemático combinado siempre con un historial de visitas clínicas del mismo veterinario o tomas de muestras laboratoriales efectuadas por el propio veterinario u otro.

Todo ello de conformidad con las previsiones contenidas en el Código Deontológico para el ejercicio de la profesión veterinaria, y siempre en aras de proteger la salud de los profesionales y de las personas con quien se pueda relacionar, así como preservar la salud pública.

ACCEDE A LA NOTA SOBRE PRESCRIPCIÓN VETERINARIA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

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