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EMPRESAS

Reclaman que la Ley de Marcas se adapte al sector de los medicamentos

La nueva Ley de Marcas en la que trabaja el Ministerio de Industria olvida algunos aspectos básicos de la regulación específica para medicamentos según el dictamen emitido por el Consejo Económico y Social (CES)

Marcos Peña, presidente del Consejo Económico y Social (CES).
Marcos Peña, presidente del Consejo Económico y Social (CES).

Reclaman que la Ley de Marcas se adapte al sector de los medicamentos

La nueva Ley de Marcas en la que trabaja el Ministerio de Industria olvida algunos aspectos básicos de la regulación específica para medicamentos según el dictamen emitido por el Consejo Económico y Social (CES)

Redacción - 01-10-2018 - 12:30 H - min.

El Consejo Económico y Social (CES) ha emitido un dictamen sobre el Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, a petición del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Este Anteproyecto trae causa de la necesidad de incorporar al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2015/2436, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas, cuyo objetivo principal es, entre otros, el de ampliar la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas a otros aspectos de carácter procedimental.

En este sentido, en líneas generales, el CES considera que este Anteproyecto responde a dichos objetivos y estima que se ha llevado a cabo una transposición correcta de la mencionada Directiva.

Sin embargo, hay determinados aspectos, que a su juicio deben ser mejorados, haciendo hincapié en el sector de los medicamentos.

Según el CES, el Anteproyecto alude erróneamente a la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, ya derogada, en lugar de a la nueva normativa al respecto. En este sentido, el CES considera preciso que "se proceda a adaptar las cuestiones relativas a los medicamentos y productos sanitarios a la legislación vigente en aquello que sea necesario".

Por otro lado, teniendo en cuenta que la atribución de la competencia en materia de nulidad y caducidad de marcas por vía directa a la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) producirá cambios en las dinámicas procedimentales, el CES avisa del impacto que ello pueda generar en relación con los consumidores y usuarios, especialmente cuando se trate de productos y servicios en ámbitos sensibles como, entre otros, el de los medicamentos.

Por ello, en vista de las nuevas competencias de la OEPM y del correspondiente procedimiento administrativo de solicitud de nulidad o caducidad de la marca, el CES considera aconsejable establecer que, en el supuesto de que la OEPM no resuelva en los plazos fijados en los procedimientos administrativos, el sentido del silencio administrativo sea positivo.

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