Se establecen recomendaciones dirigidas a profesionales veterinarios para un uso seguro de algunos de estos antiinflamatorios no esteroideos (AINEs)
España actualiza la prescripción y administración de medicamentos veterinarios con diclofenaco y flunixino
Se establecen recomendaciones dirigidas a profesionales veterinarios para un uso seguro de algunos de estos antiinflamatorios no esteroideos (AINEs)
Redacción - 22-09-2022 - 12:23 H - min.
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) publicó en 2015 una nota informativa en la que se ponían de manifiesto las precauciones que los profesionales veterinarios debían tomar a la hora de prescribir y administrar medicamentos que contienen diclofenaco, un antiinflamatorio no esteroideo (AINE).
Y es que la Aemps explica que algunas aves necrófagas, como el buitre leonado (Gyps fulvus), presentan bajos niveles de tolerancia a ciertos AINE, cuyos residuos pueden encontrarse en los cadáveres de los que se alimentan.
“Una revisión de la información pública disponible ha revelado el hallazgo de casos esporádicos de buitres leonados y negros (Aegypius monachus), hallados muertos con residuos de diclofenaco o flunixino en hígado y riñón”, explican.
Desde Sanidad indican que aunque hasta la fecha los casos son escasos (seis en total en un espacio de seis años), “dado el particular estado de conservación de varias especies de buitres, la Aemps, en colaboración con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha revisado y ampliado la información publicada en la nota informativa mencionada anteriormente para incluir los medicamentos en cuya composición figure el flunixino, a fin de garantizar un uso seguro de los mismos”.
La Aemps señala que entre las condiciones de la autorización de los medicamentos veterinarios que contienen diclofenaco y flunixino, se incluye como precaución especial para su uso en animales ‘No administrar a animales susceptibles de entrar en la cadena alimentaria de la fauna salvaje’. “Para una correcta aplicación de esta medida, se considera necesario hacer aclaraciones sobre las condiciones que se han de respetar para dar cumplimiento a dicha precaución”, añaden.
En este sentido, señalan que la información bibliográfica disponible apunta a que tanto el diclofenaco como el flunixino son tóxicos a dosis relativamente bajas para distintas especies de aves necrófagas, en especial para algunas especies de buitres.
“Aunque el mecanismo de acción tóxica no está del todo aclarado, se sabe que estos AINE inducen una insuficiencia renal que desemboca en el acúmulo y precipitación de ácido úrico en los órganos (gota visceral). En las aves más gravemente afectadas se produce la muerte”, indican.
Por la “especial sensibilidad” de estas aves necrófagas al diclofenaco y al flunixino, y a fin de proteger sus poblaciones, la Aemps defiende que debe garantizarse que estas no tengan acceso a cadáveres de animales que hayan sido tratados con estas sustancias activas.
Con este fin, la Aemps incluyó en el resumen de las características de los medicamentos que contienen diclofenaco y flunixino la frase ‘No administrar a animales susceptibles de entrar en la cadena alimentaria de la fauna salvaje’.
Esta prohibición, aclara la agencia, afecta a todos los animales (independientemente del sistema de explotación seguido –intensivo, extensivo o sistemas mixtos–) que puedan acabar siendo alimento para aves necrófagas, tanto de manera deliberada como accidental.
Desde la Aemps, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico consideran también necesario realizar un esfuerzo de comunicación y transparencia por parte de todas las Administraciones Públicas, para garantizar el buen uso de estos medicamentos.
En conclusión, la Aemps explica que los veterinarios no deben prescribir ni administrar estos medicamentos a animales cuyos cadáveres vayan a destinarse a muladares para la alimentación de aves necrófagas; los criados al aire libre cuyos cadáveres puedan ser accesibles para aves necrófagas antes de su retirada y destrucción; o en caso de muerte o sacrificio de los animales tratados, hay que asegurarse de que no son puestos a disposición de la fauna salvaje.