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EMPRESAS

La Aemps informa del permiso de uso de vacunas veterinarias para combatir la lengua azul y enfermedad hemorrágica epizoótica

La Agencia permite el uso de estas vacunas atendiendo a la situación epizoótica producida por las enfermedades emergentes lengua azul (serotipo 3) y enfermedad hemorrágica epizoótica

Sede de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
Sede de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

La Aemps informa del permiso de uso de vacunas veterinarias para combatir la lengua azul y enfermedad hemorrágica epizoótica

La Agencia permite el uso de estas vacunas atendiendo a la situación epizoótica producida por las enfermedades emergentes lengua azul (serotipo 3) y enfermedad hemorrágica epizoótica

Redacción - 19-11-2024 - 12:25 H - min.

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) informa del permiso de uso en España de cinco vacunas veterinarias debido a la situación epizoótica producida por las enfermedades emergentes lengua azul (serotipo 3) y enfermedad hemorrágica epizoótica.

De las cinco vacunas autorizadas, tres son vacunas inactivadas monovalentes contra el serotipo 3 de la lengua azul y dos son vacunas monovalentes contra el serotipo 8 de la enfermedad hemorrágica epizoótica.

En este sentido, se hace referencia a tres vacunas inactivadas monovalentes contra el serotipo 3 de la lengua azul para las especies bovino, ovino y caprino, entre las que se encuentran las de los titulares CZ Vaccines y Boehringer-Ingelheim Animal Health España.

En cuanto a las dos vacunas monovalentes contra el serotipo 8 de la enfermedad hemorrágica epizoótica se alude, entre ellas, a la de CZ Vaccines (vacuna inactivada para bovino).

El permiso de uso se ha llevado a cabo según lo dispuesto en el artículo 110.2 del Reglamento (UE) 2019/6, que permite el uso de medicamentos veterinarios inmunológicos no autorizados dentro de la Unión Europea y a solicitud del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), según el procedimiento establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1157/ 2021. La validez del permiso de uso es un año desde la fecha de emisión de las resoluciones respectivas, que podrán ser renovadas anualmente siempre que se cumplan las condiciones legales exigidas y a solicitud del MAPA.

Todas estas vacunas se encuentran disponibles en el Nomenclátor de medicamentos veterinarios para su prescripción electrónica.

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