DOMINGO, 6 de septiembre 2026

DOM, 6/9/2026

ANIMALADAS

La Justicia recuerda que la gravedad del maltrato animal puede valorarse por el tratamiento veterinario requerido

La resolución confirma la continuación del procedimiento contra el propietario de un perro que presentaba una herida profunda, anemia, parásitos y malnutrición severa

Fachada de la Audiencia Provincial de Bizkaia.
Fachada de la Audiencia Provincial de Bizkaia.

La Justicia recuerda que la gravedad del maltrato animal puede valorarse por el tratamiento veterinario requerido

La resolución confirma la continuación del procedimiento contra el propietario de un perro que presentaba una herida profunda, anemia, parásitos y malnutrición severa

La Audiencia Provincial de Bizkaia ha desestimado el recurso presentado por el propietario de un perro investigado por un presunto delito de maltrato animal y ha confirmado la decisión de continuar el procedimiento por los trámites del procedimiento abreviado.

El animal fue localizado en Erandio con una herida profunda de grandes dimensiones y el collar incrustado en ella, además de anemia, pulgas, parásitos internos que le provocaban diarreas y una mala condición corporal atribuida a una malnutrición severa durante un periodo prolongado, según recoge el auto a partir de las actuaciones practicadas y de la documentación veterinaria.

El propietario alegó durante el procedimiento que el estado del perro podía estar relacionado con problemas de dermatitis y estómago que sufría desde cachorro, además de con su edad, y sostuvo que no existían indicios suficientes para continuar por la vía penal. También argumentó que las lesiones no habían puesto en riesgo la vida del animal ni habían requerido un tratamiento veterinario intensivo o prolongado.

Sin embargo, la Audiencia considera que existen indicios racionales suficientes para atribuir provisionalmente la posible autoría al investigado y que los hechos pueden ser constitutivos de un delito de maltrato animal, sin perjuicio de la calificación que pueda establecerse posteriormente.

EL TRATAMIENTO VETERINARIO, UN ELEMENTO PARA VALORAR LA GRAVEDAD

Uno de los aspectos de interés veterinario de la resolución se encuentra en la interpretación que realiza la Sala sobre la gravedad del menoscabo de la salud animal. El auto señala que la jurisprudencia viene tomando como referencia el tratamiento médico o quirúrgico y, trasladado al ámbito animal, exige valorar si el animal necesita para su curación tratamiento veterinario más allá de una primera asistencia.

Entre los elementos que, según la resolución, deben valorarse se encuentran la intensidad de la intervención veterinaria, la necesidad de hospitalización, la existencia de riesgo vital generado por las heridas, la posibilidad de que estas aceleren significativamente procesos degenerativos, el periodo durante el que el animal haya estado imposibilitado para el desempeño de la actividad propia de su especie y la existencia de secuelas o padecimientos permanentes.

En el caso analizado, la documentación recoge que el perro necesitó curas y limpieza diaria de la herida, desinfección y tratamiento con antiinflamatorios y antibióticos. El proceso de curación se prolongó durante un mes y diez días, desde el 6 de marzo hasta el 16 de abril.

A partir de estos elementos, la Audiencia considera que el estado que presentaba el animal cuando fue encontrado tenía suficiente entidad para quedar, provisionalmente, incluido en el tipo penal previsto en el artículo 340 bis del Código Penal.

La Sala aclara, no obstante, que en esta fase del procedimiento no corresponde determinar si los indicios existentes serán suficientes para fundamentar una condena. Esa valoración deberá realizarse posteriormente, durante el juicio oral, cuando se practiquen las pruebas correspondientes.

Finalmente, la Audiencia Provincial de Bizkaia desestima el recurso de apelación y confirma íntegramente el auto del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Bilbao que acordaba continuar las diligencias por los trámites del procedimiento abreviado. El auto es firme y no cabe recurso contra él.

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