MIÉRCOLES, 13 de noviembre 2024

MIÉ, 13/11/2024

ANIMALADAS

Seis meses de prisión para una peluquera canina que ejercía como veterinaria en Sevilla

La peluquera de Sanlúcar la Mayor llevaba a cabo labores propias de la profesión sin el correspondiente título universitario, tales como consultas, establecimiento de diagnósticos o vacunaciones

Fachada del Palacio de Justicia de Sevilla.
Fachada del Palacio de Justicia de Sevilla.

Seis meses de prisión para una peluquera canina que ejercía como veterinaria en Sevilla

La peluquera de Sanlúcar la Mayor llevaba a cabo labores propias de la profesión sin el correspondiente título universitario, tales como consultas, establecimiento de diagnósticos o vacunaciones

Redacción - 21-03-2024 - 11:11 H - min.

Desde el Colegio de Veterinarios de Sevilla (ICOVS) han comunicado que, con fecha 20 de marzo de 2024, se ha notificado la sentencia dictada del Juzgado de lo Penal de Primera Instancia número 10 de Sevilla, que condena a seis meses de prisión a una peluquera canina que ejercía como veterinaria, sin título, en Sanlúcar la Mayor.

El pasado viernes 8 de marzo de 2024 tuvo lugar el juicio oral en el que se encontró personado el ICOVS como acusación particular en delito de intrusismo contra N.S., quien mostró conformidad y reconocimiento de los hechos denunciados por delito de intrusismo profesional, según lo previsto en el art. 403.2 del Código Penal, siendo condenada a seis meses de prisión.

Dicho procedimiento se inició a partir de la denuncia presentada por el con fecha 1 de agosto de 2016 tras haberse constatado, por parte de esta Corporación, que en un Centro Veterinario situado en Sanlúcar la Mayor (Sevilla), propiedad de una particular que no ostentaba condición de veterinaria, ella misma venía ejerciendo labores propias la profesión sin el correspondiente título universitario tales como consultas, establecimiento de diagnósticos, vacunaciones y, en general, todo tipo de actos propios del veterinario clínico especializado en animales de compañía.

Una de las funciones propias del ICOVS como Colegio Profesional es la adopción de medidas conducentes a evitar el intrusismo profesional, de acuerdo a lo previsto en las normas estatutarias y en el art. 5 letra l) de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales”, destacan.

Desde el Colegio de Veterinarios de Sevilla han querido poner este supuesto en conocimiento para “que sirva de refuerzo sobre el respaldo que ofrece la entidad colegial al profesional veterinario y a la sociedad, ante actuaciones que ponen en peligro el ejercicio profesional, la Salud Pública y el Bienestar Animal”.

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