La red de operadores jurídicos INTERcids ha presentado una serie de propuestas a la consulta pública sobre el Proyecto de Real Decreto de perros de asistencia, que fue abierto por el Ministerio de Derechos Sociales
Piden que el nuevo Real Decreto de perros de asistencia contemple revisiones veterinarias periódicas de los animales
La red de operadores jurídicos INTERcids ha presentado una serie de propuestas a la consulta pública sobre el Proyecto de Real Decreto de perros de asistencia, que fue abierto por el Ministerio de Derechos Sociales
Redacción - 22-04-2024 - 13:00 H - min.
La red de operadores jurídicos INTERcids ha participado en el trámite de consulta pública previa sobre el Proyecto de Real Decreto de perros de asistencia, que fue abierto por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a través de la Dirección General de Derechos de los Animales, durante el mes de marzo.
Según el documento sometido a consulta, la finalidad de esta regulación es establecer un marco de protección y bienestar de los perros que son utilizados para determinados fines relacionados con la asistencia y terapia dirigida a humanos, dado que en este ámbito la normativa se limita actualmente a los llamados perros-guía.
INTERcids recuerda que la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales también es de aplicación a los perros de asistencia por expresa mención de su Disposición Adicional Primera, según la cual: “los perros de asistencia se regirán por la presente ley en lo no previsto por su normativa específica”. Y también que estos perros, al igual que el resto de los de su especie, son legalmente considerados animales de compañía.
Según ha señalado INTERcids en sus observaciones, “lo anterior supone que el futuro Real Decreto deberá tomar la Ley 7/2023 como punto de partida para su específica regulación, a modo de normativa de mínimos que debería quedar garantizada en todo caso para estos animales, disponiendo el nuevo Real Decreto de medidas específicas o adicionales de protección, atendiendo precisamente a la finalidad para la que son destinados”.
En este sentido, de cara al Proyecto de Real Decreto, la entidad ha señalado la necesidad de que esta norma regule otras cuestiones. Entre ellas, apuntan a las relativas a los profesionales implicados en la selección, adiestramiento y gestión de perros de asistencia: capacitación, motivos de exclusión, registro de centros de cría y adiestramiento, regulación de condiciones de cría.
Por otro lado, apuntan a la regulación sobre personas usuarias de los perros de asistencia, haciendo hincapié en sus derechos, la acreditación de las condiciones de aptitud psico-físicas o las causas impeditivas (como trastornos de conducta violenta/agresiva).
Además, desde INTERcids llaman a regular las condiciones para la protección de los perros. Y en este punto subrayan la identificación y registro, esterilización, revisión veterinaria periódica que certifique su aptitud, o el procedimiento del reconocimiento oficial como perro de asistencia, entre otras.
De acuerdo con el marco delimitado por la Ley 7/2023, según señalan desde INTERcids, en principio no quedarían comprendidos dentro de la catalogación de perros de asistencia aquellos que son utilizados en intervenciones asistidas, ya que el artículo 1 los excluye expresamente de su ámbito de aplicación.
“Este vacío normativo expone a estos animales a situaciones de injustificado desamparo legal que no pueden ignorarse, sobre todo teniendo en cuenta la proliferación de este tipo de actividades en los últimos años”, apuntan.
Por ello, la entidad de operadores jurídicos propone abordar una modificación legal que permita garantizar la adecuada protección de estos perros y que se respeten sus necesidades y bienestar, tanto durante la actividad de intervención o terapia, como durante el resto de su vida.
Por otro lado, INTERcids también pone sobre la mesa la necesidad de abordar una reflexión sobre los avances producidos en los últimos años en el campo de las tecnologías de asistencia para personas invidentes y con visión reducida, y de las posibilidades y beneficios asociados que ofrecen dichas tecnologías como reemplazo a los perros guía, garantizando siempre la seguridad para la persona.
Actualmente, señalan, existen dispositivos que ayudan a las personas con deficiencia visual a adquirir la misma movilidad e independencia y con la misma, o incluso más seguridad que un perro-guía. Además, algunos de estos dispositivos pueden incluir tecnologías que aportan apoyos adicionales a la persona usuaria, como, por ejemplo, interacción verbal, audio que describe el entorno en tiempo real, funciones para llevar a la persona a nuevos destinos, o para encontrar los mejores caminos a un destino nuevo.
“Gracias a la inteligencia artificial, sensores y ‘computer vision’, estas tecnologías permiten mapear y evaluar el entorno, detectar objetos en movimiento y navegar en los interiores y entre multitudes. Y todo ello con menos coste que los perros guías, sin la responsabilidad y esfuerzo de mantener y seguir entrenando a estos animales”, cuestión sobre la que INTERcids llama a reflexionar y tener en cuenta en nuevas regulaciones sobre esta materia.